Opinión

NUEVA COMISIÓN Y NUEVOS POSTULANTES AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Dr. Edhín Campos Barranzuela

Frente a toda esta situación de convulsión social y política que vive el país, este semana en el Congreso de la República se ha presentado una moción de orden del día, para conformar la Comisión Especial encargada de la selección  de candidatos aptos para la elección de magistrados del Tribunal Constitucional.

En efecto, según se ha dado cuenta la moción de orden del día 017 del texto sustitutorio que lleva la firma de la congresista Patricia Chirinos, da cuenta que se debe renovar la composición de los seis de los siete miembros de órgano encargado de interpretar la Constitución Política del Estado.

Asimismo, se precisa, que el proceso de elección de los nuevos tribunos, se debe desarrollar conforme a los principios de meritocracia y la transparencia que dispone las bases del concurso de selección y méritos y para tal efecto se debe reactivar la Comisión Especial encargada de la elección de los seis miembros, cuyo mandato ha expirado, conforme lo establece el Art. 201 de la carta política.

Como se recuerda, una de las razones que originó la suspensión de la elección de los magistrados del Tribunal Constitucional, en el pasado gobierno de Francisco Sagasti, fue la emisión de la medida cautelar suscrita por la Dra. Soledad Blácido Baes del Tercer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, mediante el cual concedió medida cautelar, solicitada por el demandante Walter Edison Ayala Gonzales, hoy Ministro de Defensa y disponía que el Congreso de la República suspenda provisionalmente la elección de los magistrados del Tribunal Constitucional, la cual fue programada para el 7 y 8 de julio del 2021, hasta que el proceso cautelar pueda ser resuelto mediante un pronunciamiento de fondo.   

En la referida resolución, se precisaba que de la revisión de la página web del Parlamento, únicamente se pudo apreciar la publicación del cuadro de puntajes y orden de mérito de los candidatos, así como también del informe del proceso, valoración y puntaje en la selección de candidatos aptos para la elección de magistrados y sus respectivos anexos, sin embargo no se pudo desprender de ninguno de esos documentos que se haya cumplido con el principio de publicidad, imparcialidad,  motivación y meritocracia al momento de la respectiva asignación de los puntajes.

Es importante precisar, que desde un inicio en el Congreso anterior se cuestionó el propio reglamento de elección, respecto a la solvencia e idoneidad moral y además se puso en duda que durante las entrevistas públicas, solo se necesitan dos puntos de los doce asignados, siempre que se consiga el máximo puntaje en los otros aspectos.

De la misma forma, se cuestionó la calidad de la preguntas realizadas por los integrantes de la Comisión Especial, referidos a temas sensibles como eutanasia, aborto, matrimonio civil igualitario, cuestión de confianza e incapacidad moral, etc pues en el caso de ser elegidos nuevos tribunos, ya habrían adelantado opinión sobre estos temas.

Por lo que al prosperar este nuevo cuestionamiento a la elección, se convirtió en el segundo aplazamiento de nombramiento de los nuevos candidatos y dejó abierta esa posibilidad al nuevo parlamento que hoy tenemos.

Es posible, que también en cualquier momento del nombramiento y conformación de la Comisión Especial encargada para la selección de candidatos aptos, se comience a petardear por cualquier motivo, pues nos encontramos ante un tema muy sensible que requiere hilar fino para poder generar consensos y cuotas de poder y no cabe duda que existirán cuestionamiento al modo, forma y circunstancias de su elección  y mientras tanto los actuales magistrados, continuarían excediéndose en su periodo de 5 años que fueron designados.

Si bien en ese sentido, han existido objeciones en la elección de los nuevos tribunos por parte de los dos anteriores congresos, sin embargo, es preciso recordar que el último parlamento nació por la disolución del anterior, precisamente por la elección de los magistrados del Tribunal Constitucional y la comunidad jurídica reclaman que se realice una correcta elección dentro de la garantía constitucional del debido proceso.

No cabe duda, que durante estos últimos años el Tribunal Constitucional ha sido protagonista de la emisión de importantes sentencias para la vida del Estado Constitucional de Derecho y muchas de sus resoluciones a favor o en contra de los justiciables, constituyen precedentes vinculantes de obligatorio cumplimiento para todos los jueces y la elección de sus miembros constituye un importante avance para su renovación.

Un aspecto relevante, de la reforma normativa para la elección de los nuevos magistrados, es que su nuevo reemplazo se realizará con la elección del magistrado que tiene más tiempo en el ejercicio del cargo o con la colegiatura más antigua, de lo que se pretende que el más antiguo en el cargo, será reemplazado con la elección del nuevo magistrado y así sucesivamente, hasta concluir con todos los miembros que han sobrepasado sus cinco años en la magistratura constitucional.

La importancia, en la elección de los magistrados del máximo intérprete de la Constitución obedece, a que de conformidad con lo dispuesto en el Art. 202 de la Constitución Política del Estado, se encarga de revisar como única instancia, las leyes contra las que se presentan acciones de inconstitucionalidad y además evalúa en última y definitiva instancia, toda sentencia judicial que se haya denegado a través de un proceso constitucional de hábeas corpus, demanda de amparo, hábeas data y acciones de cumplimiento, así como también conocer los conflictos competenciales o atribuciones que asigna la carta política.