Para Elecciones Regionales y Municipales 2022, explica JNE:
La decisión de los organismos del sistema electoral de manifestar la imposibilidad material de la realización de las elecciones primarias fue compleja, porque siempre hubo la voluntad de desarrollar este proceso con miras a las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (ERM 2022), señaló Alexandra Marallano Muro, asesora de la Presidencia del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Sin embargo, dijo, esta decisión se sustenta en la opinión de los técnicos, quienes señalaron que en el contexto actual existe la imposibilidad para llevar adelante las primarias, debido a la modificación de algunos plazos en la legislación electoral por el Congreso de la República, y la existencia de vacíos que no han sido regulados de manera clara en la norma.
Marallano precisó que se trata de una decisión conjunta de los tres organismos que conforman el sistema electoral, la que se tradujo en el comunicado emitido ayer.
“Las primarias son un proceso electoral dentro de otro, e implica una serie de actos que tiene que realizar los organismos electorales, como calificación de candidaturas, tachas, fiscalización de hojas de vida, entre otros que deben hacerse en un tiempo prudencial”, enfatizó.
Indicó que existen vacíos referidos a las candidaturas individuales, pues no se establecen sus cantidades mínimas o máximas ni forma de presentación, precisiones para aplicar la paridad de género, y otros que impactan en el diseño del material electoral.
“Recordemos que el plazo para la presentación de listas de candidatos (a las ERM) vence el 14 de junio de 2022, eso implica que hasta antes de esa fecha las elecciones primarias tienen que haber sido resueltas en su totalidad. Los tiempos tienen que calzar y ser razonables”, puntualizó.
La especialista resaltó la importancia de la intangibilidad de las normas, y recordó que el artículo 4 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE) establecía que el plazo para variar las normas que regulan un proceso electoral vencía el 3 de octubre de este año. Sin embargo, con la Ley 31354, emitida el 1 de octubre último, se ha modificado dicho plazo hasta el 31 de octubre.
Debido a ello, señaló, los organismos electorales están a la expectativa de las modificaciones que puedan darse, y dijo que ya existen vacíos en la normativa que el Pleno del JNE no podría subsanar a través de reglamentos, “ya que este tipo de normas no puede ir más allá de lo que establece la ley”.
Marallano dijo que también hay aspectos que no se han regulado en la ley, como la participación de personeros, presentación de nulidades, actas observadas, y otros que son propios del desarrollo de un proceso electoral. Es decir, que aún continuamos sin legislación definida para las ERM2022.
Al ser consultada sobre la importancia de la democracia interna de los partidos a través de elecciones primarias, explicó que el JNE evalúa proponer un marco legal -en caso no se produzcan las denominadas PASO- para la realización de las elecciones internas con el fin de fortalecer la democracia partidaria. Añadió que ello dependerá del Legislativo y la atención que le brinde a este aspecto.