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CONGRESO APRUEBA MODIFICACIONES A REGLAS ELECTORALES PARA COMICIOS DEL 2022

Lima, oct. 28.- El pleno del Congreso aprobó una norma que propone incentivar la participación de miembros de mesa y establece reglas aplicables en las elecciones regionales y municipales del próximo año.

De esta manera, se modifica la Ley Orgánica de Elecciones y la Ley de Organizaciones Políticas, con la finalidad de asegurar el desarrollo del proceso electoral de 2022, en el marco de la lucha contra la covid-19.

El texto general, sin la cuarta disposición transitoria del artículo 2 y la undécima disposición transitoria del artículo 3, recibió el apoyo de 83 congresistas, mientras 26 votaron en contra y dos se abstuvieron. Posteriormente, tras un pedido de reconsideración se aprobó la exoneración de la segunda votación con 80 votos a favor, 34 en contra y tres abstenciones.

Posteriormente, se votó la cuarta disposición transitoria del artículo 2, para suspender las elecciones primarias, que no fue aprobada pues alcanzó 64 votos a favor, 40 en contra y seis abstenciones. Sin embargo, tras un pedido de reconsideración fue finalmente aprobada por 72 votos a favor, 38 en contra y cuatro abstenciones.

Después, la undécima disposición transitoria del artículo 3, que suspendía que los partidos tengan el mínimo de afiliados y comités exigidos, no fue aprobada por alcanzar 59 votos a favor, 48 en contra y cuatro abstenciones. Como el caso anterior, se presentó una reconsideración pero no alcanzó la votación aprobatoria.

Cambios

Entre las modificaciones efectuadas se indica que el horario de votación se iniciará desde las 7:00 horas y se extenderá hasta las 17:00 horas; también establece los grupos de personas que podrán efectuar la dispensa por omisión al sufragio y justificación por inasistencia.

Asimismo, se establece que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) emitirá mensualmente, a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, la relación de fallecidos; además se dispone que los miembros de mesa recibirán una compensación correspondiente al 2.5% de la UIT.

Además, en cuanto a las elecciones internas estas serán organizadas con participación de los organismos electorales, siendo que la organización política determina los requisitos para la inscripción de sus candidatos de acuerdo a su normativa interna, “las cuales deberán figurar en listas cerradas y bloqueadas”.

Afiliación

También, que solo los candidatos a gobernadores regionales, vicegobernadores y alcaldes deben estar afiliados a la organización política a la que deseen postular, siendo que la presentación de las afiliaciones ante el Registro de Organizaciones Políticas se efectuará como máximo hasta el 5 de enero 2022.

De igual modo, las elecciones internas se podrán efectuar a través de delegados previamente elegidos mediante voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados.

Antes de la votación se aprobó una cuestión previa para votar por separado la cuarta disposición transitoria del artículo 2 y la undécima disposición transitoria del artículo 3 de la iniciativa. (Andina)