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SI ULADECH RECONOCÍA PAGOS INDEBIDOS PUDO REBAJAR LA MULTA HASTA EN 50%

Señala funcionaria de SUNEDU:

Durante el procedimiento de supervisión que realizó la SUNEDU a la Universidad Los Ángeles de Chimbote sobre el uso de sus activos para actividades distintas a las universitarias, dicha casa de estudios pudo allanarse a las observaciones y con ello, aspirar a la reducción del 50% de la multa finalmente impuesta y que supera el medio millón de soles.

Así lo reconoció Diana Milla Silvano, directora de la Dirección de Fiscalización y Sanción de la SUNEDU, tras advertir que dicha figura de allanamiento si está contemplado en el proceso de supervisión, sin embargo, las actuales autoridades universitarias, optaron por señalar que dichos pagos no se hicieron en la actual gestión y de alguna u otra manera, trataron de justificar los mismos.

Milla Silvano recordó que SUNEDU observó los pagos en el año 2017 al entonces Rector (Julio Domínguez Granda) y al ExDecano de la Facultad de Educación y Humanidades (Martín Espinoza Guanilo), ascendentes a S/ 485 495.49 por el concepto de “productividad fija”.

También los desembolsos al entonces Rector y al ExDecano de la Facultad de Educación y Humanidades hasta por la suma de S/ 17 953.60 por el concepto de “movilidad de libre disponibilidad” y finalmente, los gastos en combustible, mantenimiento y SOAT de un vehículo de propiedad de Judith Domínguez García, hija del ExRector por el monto de S/ 3 764.92.

“Dichos conceptos de productividad fija y movilidad de libre disponibilidad no están regulados, es más, ni siquiera se ha podido justificar los argumentos que validen este tipo de pagos, ni siquiera han presentado documentación que justifiquen esos conceptos” señaló Diana Milla, quien recordó que las actuales autoridades universitarias, pueden y deberían iniciar una serie de acciones en contra de quienes autorizaron y aprobaron esos pagos.

“La Universidad con sus actuales universitarias justificó los pagos señalando que se pagaban estos conceptos en favor de estas dos personas (Julio Domínguez Granda y Martín Espinoza Guanilo) por su antigüedad, pero después dijeron que como se había pagado durante varios años, estos montos habían adquirido la naturaleza de remuneración, lo cual tampoco corresponde” agregó Diana Milla Silvano.

“Estos pagos jamás han estado regulados, no están regulados y tampoco se han justificado en que consiste productividad fija y cómo se mide dichos rendimientos. Estos pagos puntuales del año 2017 no han sido nunca justificados, no correspondía abonar, por eso la multa” anotó.

También explicó que en el caso del concepto de movilidad de libre disponibilidad, se haya pagado al ExRector, cuando éste tenía asignado a su despacho un vehículo de la Universidad para su traslado. “En el caso del Decano, era el único que se beneficiaba con ese concepto, ningún otro Decano tenía dicho beneficio” indicó.

Sobre los pagos de SOAT, combustible y otros a un vehículo de una persona particular (la hija del Rector), no hay forma de justificar porque no es un bien de la Universidad, ni siquiera un contrato de arrendamiento, “tampoco hay documentación que justifique el uso de ese vehículo de un tercero en actividades de la Universidad” enfatizó.

Cuando se le preguntó si era posible que ULADECH continue realizando pagos por estos conceptos no regulados como productividad fija y movilidad de libre disponibilidad; Diana Milla dijo que era un tema que tendrá que investigarse en su momento.

Finalmente, Diana Milla Silvano dijo que SUNEDU cumple una función de supervisión para velar por el buen uso de los activos y excedentes de las universidades asociativas.