Opinión

“GENEROSIDADES” DEL GOBIERNO

Por: CPC SERGIO AGURTO FERNANDEZ (*)

En el presente mes de mayo 2022, gracias a la “generosidad” de los congresistas, se ha hecho posible la promulgación de dos leyes importantes, que sin duda, habrán de tener consecuencias en la vida de los trabajadores, porque se trata de la aprobación de las exigencias económicas que se vienen reclamando desde hace meses atrás, y son: 1) El sexto retiro extraordinario de los fondos individuales de capitalización de la AFP, y 2) El retiro voluntario hasta el 100% de los fondos acumulados de la CTS.

En estos dos casos, las motivaciones son las mismas y consiste en darle solución a las necesidades económicas de los trabajadores, deterioradas por la pandemia del coronavirus, pero con el reparo de que estas soluciones de corte populista, desestabilizarán la economía familiar en el largo plazo, porque “perforan” las dos únicas fuentes financieras que disponen los trabajadores al término de su vida laboral.

Ambos conceptos (AFP y ONP) son intangibles, o eran intangibles, mientras se siga dependiendo de un empleador, cuyo despilfarro autorizado por la ley, será imposible de reparar porque la vida laboral termina a los 65 años y no habrá tiempo para resarcirlo. ¿Habrá otros derechos laborables de mayor importancia que los ahorros previsionales (AFP y ONP) y la CTS?, imposible. El asunto está en saber a quién se encomienda la custodia de los fondos previsionales, de entre las dos únicas entidades existentes en el mercado, aunque ambas ya están desacreditadas, haciéndose imprescindible una tercera opción “Made in Perú” como producto del ingenio peruano; claro que se puede crear una con sus propias particularidades, para no seguir copiando a los vecinos.

Comentemos sobre estas dos entidades previsionales: 1) La AFP. Es en esencia un mecanismo de ahorro obligatorio que se desenvuelve en el ámbito del sector privado, cuya finalidad es “garantizar” al trabajador en su etapa pos laboral, una vida reposada y sin apremios económicos, ¿Se cumple?, NO. El fondo previsional resulta ser un seguro contra la vejez, que se autofinancia con los aportes mensuales de los trabajadores, sin la presencia de terceros. El marco conceptual se debe mantener incólume, a fin de que cualquiera sea la entidad elegida, cumpla con los objetivos de su creación. Visto con un criterio conservador, indigna ver cómo los congresistas, quien sabe si sembrando favores políticos, se han convertido en dadivosos legisladores, al permitir el sexto retiro de los fondos individuales de capitalización, sin pensar si con ello llegan a descapitalizarlo, olvidándose del mañana porque la vida no termina hoy. Claro la poca rentabilidad de las inversiones con resultados negativos que no los asume las AFPs, sino que se compensan reduciendo de los fondos acumulados y sin que las mismas asuman las consecuencias de su mala gestión, desalientan a sus afiliados para seguir perteneciendo a ellas. 2) La CTS. Es un beneficio económico que brindan las empresas a sus trabajadores, como una forma de previsión ante las contingencias que podrían originarse, cuando se produzca la extinción del vínculo laboral. Es un pago otorgado al trabajador en contraprestación por el tiempo que estuvo al servicio de la empresa. Es una suerte de seguro contra el desempleo, que se abona en dos periodos semestrales, sin poderse retirar porque cumple una función social, indudablemente, aunque esto ya cambió, pudiéndose retirar hasta el 100% del fondo.

En cuanto al sistema previsional, siempre habrá fundadas expectativas del trabajador por saber el destino que le espera en su nueva etapa pos laboral, porque a partir de ahí se producirá un cambio radical en su estilo de vida, con las limitaciones económicas que se dan en tal condición. Pero cuando el infortunio golpea fuerte y se ensaña con el trabajador negándole disfrutar de este derecho, entonces no le queda otra que ser una carga familiar para los hijos, o tocar las puertas de los programas sociales que brinda el gobierno, o formar parte de la población indigente del país. ¿Y dónde está el Estado que no corrige estas incongruencias?, están en una cacería de brujas, buscando vacar al presidente y a censurar a los ministros.

Con justificada razón, el deseo obsesivo de alcanzar la jubilación, quita el sueño a mucha gente laboralmente activa, porque alucina disfrutar en el mañana, con un descanso reparador que restituya las energías perdidas en los años de labor, con el agregado de reconfortar al espíritu con viajes de placer. Nada cambiará si se mantiene el mismo esquema normativo, y todo deseo de mejores pensiones, resultará siendo una utopía. Pero esto se puede revertir, siempre que se implemente las siguientes medidas que a nuestro parecer, puede cambiar el panorama previsional:

1.- Creación de una nueva entidad. Las actuales entidades que administran los fondos previsionales, no tienen nada novedoso que ofrecer, como para captar la atención de los indecisos, cuya barrera de limitaciones está dado en el nivel de las pensiones; mientras que de la ONP sabemos que tienen topes en un rango que va desde los S/. 500 hasta los S/. 893 mensuales; en cambio en la AFP los topes no existen y el monto de la pensión está en función de lo que se tenga acumulado en el fondo de capitalización y de las fluctuaciones que se dan en el mercado de valores. En la ONP, de los años 90 para atrás, los descuentos de los trabajadores no se individualizaban cuando se efectuaban los depósitos bancarios, sino que iban a un “fondo solidario”, es por eso que tuvo serios problemas para identificar la cuantía de los aportantes a los efectos de expedir los “bonos de reconocimiento”, cuando se produjo la masiva migración de afiliados, aunque después retornaron. Es bueno recordar que esos fondos sirvieron de caja chica a los gobiernos de entonces, para realizar obras públicas y que nunca fueron devueltos; por esta razón y por la reducida (13%) tasa mensual de aportes, la ONP está quebrada, aunque se diga lo contrario. Y como reconocimiento del error, el gobierno desvía fondos del Tesoro Público para darle liquidez a la ONP, es decir que el Estado se ha auto convertido en una mega beneficencia pública, que tiene bajo su protección a los jubilados de la 19990, a los cesantes de la ley 20530, pensión 65 y los programas sociales. De la AFP ni que se diga. Aquí tiene que entrar a tallar una tercera opción para liberar al Estado de esta obligación, porque la jubilación tiene que auto financiarse, y que podría ser un “banco previsional”, o como se llame, con la particularidad de: a) Se crearía con una ley, encomendándole al Banco de la Nación las funciones de agente financiero y pueda otorgarle una línea de crédito para la instalación del banco; b) La cartera de accionistas estaría conformada por todos los trabajadores que perciban rentas de 4ta. Y 5ta. Categoría, y c) Los trabajadores accionistas tendrían doble beneficio, uno como aportantes y otro como accionistas, por la utilidad que se obtenga anualmente. En el archivo digital del Diario de Chimbote en la página de Opinión, hay un artículo al respecto.

2.- Incremento de la tasa de aportes. Nunca se le hizo saber al trabajador que la tasa del 13% de su aportación era insuficiente como para percibir pensiones dignas; sigue creyendo que todavía tiene saldo en su fondo y por eso reclama aumentos periódicos, no es su culpa. En consecuencia, si se quiere una mejora en las pensiones, tanto en la ONP como en la AFP, el camino es elevar la tasa de aportación (La 20530 cotizaba 27%), no hay otra.

3.- Convertir a pensionable todo concepto remunerativo. Fundamentalmente se da en el sector público, lo hacen a fin de evadir las obligaciones patronales (Essalud, CTS, jubilación), diversificando los conceptos remunerativos en la planilla, llamándoles “no pensionables” y sobre los que no se descuenta ni ONP ni AFP, en perjuicio de los trabajadores. Igualmente, pese a que un servicio tiene carácter laboral, se le contrata con una “orden de servicio”, con la tácita negación de los derechos laborales, configurando un abuso de autoridad por parte de alguien (Estado) que está en la obligación de brindar protección al trabajador. Desde el momento en que a una persona se le fija un horario, se le asigna un ambiente de trabajo, se le dota de materiales para que cumpla la función y se le paga una cantidad fija y permanente, esa persona ya es un trabajador con todos los derechos que le asisten como tal. Debe normarse para que dicha remuneración esté afecto al descuento de ONP o AFP, así el Estado le pague con una “orden de servicio” y con recibo de honorarios. Esta forma de explotación inhumana que hiere susceptibilidades, siempre se ha dado en el sector público, donde poco les interesa el bienestar del trabajador; el personal no está adscrito al área de recursos humanos sino al de logística, como si se tratara de un servicio cualquiera, en razón de no ocupar una plaza orgánica.

Las personas que tuvieron la desgracia de trabajar en tales condiciones, muchos miles de ellos seguramente viven su ancianidad en situaciones calamitosas, al no tener jubilación por culpa de la insensibilidad de los gobiernos de turno. El Estado ha convertido a la ONP en un programa social por la gradualidad en que se dan los aumentos a los de la ley 19990, olvidándose de los cesantes de la ley 20530, olvidando que ambos son hijos del mismo vientre (Estado), donde también hay pensiones miserables, y para ellos no hay aumentos desde hace más de 20 años, como si el costo de vida se hubiera detenido, ya es hora de que se les haga justicia. Haber si papá gobierno es más justo y equitativo con sus hijos a la hora de contemplar aumentos, y cuando llueve todos se mojan ¿O no?.

(*) CPC 630. Email: seragur01@hotmail.com