Política

NUEVE FUNCIONARIOS PERJUDICARON A MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA POR UN MILLON OCHOCIENTOS MIL SOLES

En Obra en El Pinar:

Nueve son los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Independencia; Huaraz, en asuntos de presunta irregularidad en la ejecución de proyectos relacionado al mejoramiento de los servicios de tránsito vehicular y peatonal, en El Pinar, según el Órgano de Control Institucional.

El Informe de Control Específico N° 022-2022-2-4603-SCE señala que, durante el periodo agosto del 2017 a diciembre del 2021, los funcionarios de la referida entidad aprobaron el expediente técnico de la obra: “Mejoramiento de los servicios de transitabilidad vehicular y peatonal de la vía Urb. El Pinar – Puente Chahuaruri – Cachipampa del CC. PP de Marian I Etapa”, la cual contaba con metrados no dimensionados, y durante su ejecución, se pagaron valorizaciones con metrados no ejecutados, lo que finaliza con ocasionar un perjuicio económico por S/. 1’820,623.64.

Según el documento, el 9 de agosto del 2017, funcionarios de la Municipalidad Distrital de Independencia aprobaron expediente técnico con metrados sobredimensionados, generando la sobrevalorización por S/. 273,445.58. Un año después, durante su ejecución, se pagó por valorizaciones no metrados ejecutados y por un sistema de alcantarillado que no funcionaba y se encontraba inoperativo, lo que ocasionó un perjuicio económico a la entidad por S/. 642,095.20.

Cabe señalar que, el 20 de agosto del 2018, el gerente municipal en ese periodo, Johan Humberto Espinosa Orellana, suscribe contrato con Eddy Richard Pérez Calderón; representante común del consorcio El Pinar, como parte de la licitación pública en primera convocatoria.

Del mismo modo, se incumplió con las especificaciones técnicas y el plano del expediente técnico en la ejecución del pavimento y alcantarilla de alivio, por lo que afectaba la transitabilidad del Tramo I. A detalle se da a conocer que los buzones antiguos deteriorados contribuían a ser obstáculos en la vía pavimentada del tramo en mención y los mismos no fueron nivelados por el consorcio El Pinar.

También, el consorcio El Pinar habría incurrido en incumplimiento durante la ejecución de la obra, por las penalidades no ejecutadas con el monto por S/. 905,082.26. Y, la entidad tampoco designó como inspectora de la obra a Leslie Caroll Huerta Ramírez, profesional que no cumplía con el perfil establecido para las respectivas acciones.

En ese sentido, se señalaron como responsables a Darwin Ericson Benites Montavo; Especialista técnico en Estudios en la Sub Gerencia de Obras Públicas de la Gerencia de Desarrollo Urbano y rural periodo agosto 2017 – noviembre 2017, por otorgar conformidad al expediente técnico de la obra en mención, y conformidad a la carta con respecto a la prestación de servicio de consultoría que elaboraría el expediente técnico, pese a estar sobrevalorado por S/. 273,445.58.

Asimismo, Melvin Ciro Cadillo Villanueva; Asistente técnico en Estudios I en la Subgerencia de Obras Públicas de la Gerencia de Desarrollo Urbano y rural periodo agosto 2017 – noviembre 2017, por haber aprobado también el expediente sobrevalorado.

Leslie Carol Huerta Ramírez; Jefa de la Unidad de Supervisión, Liquidación y Transferencia de Obras e inspectora de obra periodo julio 2019 – diciembre 2020, por otorgar conformidad a las valorizaciones, pese a tener conocimiento de los metrados no ejecutados, participó en las actas de inspección física, y no avisar que el sistema de alcantarillado ejecutado por el Consorcio El Pinar no tendría funcionabilidad, además de no cumplir con el perfil requerido en base a los años de experiencia. Rubén Moisés Ramírez Guillermo; Subgerente de Obras Públicas periodo enero 2019 – mayo 2019, por emitir informes de conformidad a la valorización de la obra, pese a que el supervisor de obra le comunicó que la citada valorización se encontraba en observación.

Del mismo modo, Rubén Augusto Huamaní Mallma; Gerente de Desarrollo Urbano y Rural periodo febrero 2019 – julio 2019, por no advertir que el supervisor de obra incurrió en veinte días de atraso en la presentación del informe de valorización y otorgar conformidad de pago sobre las mismas al Gerente de Administración y Finanzas. Y; David Aldo Aguedo López, Subgerente de Obras Públicas periodo julio 2019 – noviembre 2019, por otorgar conformidad al pago de valorizaciones, pese a que el informe de control señalaba cuatro situaciones adversas, además de designar a Huerta Ramírez sin cumplir con la experiencia profesional.

A su vez, David Geremías De La Cruz Pizan; Gerente de Desarrollo Urbano y Rural periodo febrero 2018 a diciembre 2018, por permitir que el Consorcio El Pinar inicie la ejecución de la obra sin contar con el informe de compatibilidad, así como trasladar a gerencia municipal, el pago por concepto de valorización. Darwin Edward Jiménez Mejía; Subgerente de Obras Públicas periodo octubre 2018 – diciembre 2018, por otorgar conformidad de pago de valorizaciones, sin advertir al gerente de Desarrollo Urbano y Rural los dieciocho días de atraso que contenía el informe de valorización. Además de, Maximo Jose Coral Condor; Subgerente de Tesorería periodo junio 2019 – agosto 2021, por no cautelar la renovación de la carta fianza.

Por otro lado, se señala a terceros participes como Consorcio El Pinar, representado por Eddy Richard Pérez Calderón; Johan Humberto Espinoza Orellana, supervisor de obra; y Noemi Yovanna Bazán Ávila, consultora en mérito al contrato de servicio.

Como última instancia, tras los hechos señalados, se dispuso al Procurador Público disponer el inicio de las acciones penales contra los funcionarios mencionados a detalle, a través de los órganos competentes, e informar a la Municipalidad Distrital de Independencia sobre los hechos cometidos en dicha jurisdicción.