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DEBEN SUSPENDER PRIMERA TEMPORADA

El Ministerio de la Producción sigue emitiendo resoluciones que suspende determinadas zonas de pesca, por la elevada presencia de juveniles, en plena pesca exploratoria, y según la Resolución 191 debe durar hasta este sábado 10. Quedaría muy bien el Ministerio de la Producción e Imarpe si emiten de una buena vez la respectiva de resolución terminando la pesca exploratoria y anunciando que no habrá primera temporada de pesca industrial. Si bien hasta el momento los informes oficiales solo señalan que hay más del 50% de anchoveta juvenil en las capturas, los reportes extra oficiales indican que hay más del 85%. Oficialmente el IMARPE ya debe contar con esas cifras y, de tal manera que, sus informes deben ser claros y precisos, porque sería una decisión errada si en la actualidad dan luz verde a la primera temporada de pesca industrial. Es cierto que la resolución 191 señalaba que la pesca exploratoria era para determinar las zonas donde se encontraban la anchoveta ideal para la captura e incluso puntualizaba que se podía pescar hasta un 35% de anchoveta juvenil, pero ocurre que el stock de este preciado espécimen es juvenil en su mayoría. La anchoveta adulta o se fue al sur o esta fondeada en busca de mejores condiciones de vida. El Imarpe nos debe dar mayores luces en sus informes y lógicamente que en el sector pesquero se esperara esa información que resulta valiosa. Al cerrar esta edición, en redes sociales la SNP estaba anunciado que sus barcos se retiraban de la pesca exploratoria. No debemos olvidar que en la actualidad el mar peruano sufre de condiciones anómalas, es decir, que hay temperaturas que se mantienen elevadas y que afectan fundamentalmente a la anchoveta.

LOS MUERTOS FIRMAN

Creíamos haber visto de todo, pero nos equivocamos. Se ha hecho público a través de una información que ha publicado nuestro Diario, que existe un juicio e incluso denuncias penales a una Juez porque esta validó un proceso de embargo contra una empresa que había presentado un cheque que tiene fecha 18 de mayo del 2021, y que estaba firmado por una persona que había fallecido el 11 de abril de ese mismo año. El cheque no decía diferido, y la juez dio luz verde a todos los embargos contra la empresa que había sido denunciada. Vino la respuesta de los afectados y lógicamente que, señalan que el fallecido no puede haber firmado ese cheque el 18 de mayo. Es un caso digno de Ripley, aunque es posible que pueda haber firmado el afectado el cheque mucho antes de morir, pero lo cierto es que este tipo de instrumentos financieros, en los bancos ya no se pueden tramitar porque están vinculados al Reniec, y en dicha institución está la defunción del fallecido el 11 de abril del 2021. El caso esta como para seguirlo, porque parece de película.

PROYECTO DE LEY

“Cuando en un delito flagrante se utilicen armas de fuego u otros elementos de evidente peligrosidad, que pongan en grave riesgo la vida de las personas o de los miembros de la Policía Nacional del Perú, el o los delincuentes podrán ser abatidos en el lugar de los hechos, debiéndose considerarse esta acción como un acto de legítima defensa y presunción de legalidad”. Eso dice de manera textual el proyecto de ley del congresista Jorge Montoya, que plantea modificar el Decreto Legislativo 1186, Ley que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú. Seguramente originará polémica, pero es importante precisar que en los actuales momentos cuando arrecia la delincuencia incluso con sujetos que han llegado de otros países la PNP debe tener armas e instrumentos legales para combatirlos.