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QUIEN OFENDA SÍMBOLOS PATRIOS RECIBIRÁ HASTA CUATRO AÑOS DE PRISIÓN

Poder Judicial:

Las personas que ofendan, ultrajen o menosprecien de manera pública los símbolos patrios, así como la memoria de los héroes o próceres de la patria serán condenados a una pena máxima de cuatro años de prisión, así como el pago de 60 a 180 días multa, informó el Poder Judicial.

El juez supremo Ricardo Brousset Salas explicó que dicho delito se configura al constatarse “una intención de menosprecio, ofensa o vilipendio”, además, si el acto se realizó de manera pública, con la presencia de varias personas, o se difundió en los medios de comunicación.

“Este menosprecio, vilipendio o ultraje debe darse de manera pública, de tal manera que sea escuchado por varias personas, o que se difunda por un medio de comunicación. Y el contenido tiene que ser de ofensa”, precisó el juez penal.

El magistrado añadió también que la ley contempla como delito de ofensa a los símbolos patrios, la publicación distorsionada del mapa del país o con las fronteras alteradas.

“Este hecho de menosprecio al mapa o con el objetivo de generar conflictos con otro país vecino es considerado delito de ofensa o ultraje a los símbolos patrios”, expresó.

Quema de bandera

Ello incluye, dijo, arrojar, quemar o pisar la bandera, así como también distorsionar el himno nacional introduciendo frases ofensivas.

En esa misma línea, Brousset Salas dijo que el artículo 344 del Código Penal sanciona, también, con cuatro años de prisión a quien o quienes utilizan con fines de menosprecio prendas de vestir con la figura de los símbolos patrios o de los próceres o héroes de la patria.

“En este caso, quien altera e intercala elementos extraños con fines de menospreciar un símbolo patrio, héroe o prócer de patria también es considerado un hecho doloso”, agregó. (Andina)