Opinión

ARTURO FERNÁNDEZ, DE ALCALDE ERÓTICO A VANDÁLICO

POR: FERNANDO VALDIVIA CORREA (*)

En enero de 2022, siendo alcalde del distrito liberteño de Moche, Arturo Fernández Bazán aceptó la donación de un enorme huaco erótico, destruido completamente luego de veinte días. Diez meses después, el pueblo trujillano lo eligió como su burgomaestre. Ya en el cargo, en febrero pasado, volvió a causar polémica la instalar en palacio municipal otro huaco erótico, desplazando los emblemáticos caballitos de totora. Ante los evidentes cuestionamientos, tuvo que retirarlo. Asimismo, hace un mes fue sentenciado a un año de prisión suspendida por el delito de difamación agravada, apelando la misma. Y recientemente hizo noticia cuando de visita a un reconstruido colegio agarró un martillo y rompió las placas conmemorativas donde se encontraba el nombre -entre otros- de la señora Presidente de la República, haciendo comentarios despectivos -e irreproducibles- hacia ella. Con esta actitud, Fernández Bazán no solo llamó la atención ciudadana, sino que además ha cometido delito al destruir bienes gastados con el dinero de todos los peruanos. Es evidente que el accionar de este controvertido personaje no será el último. Entonces la pregunta es ¿por qué llegamos a este tan bajo nivel de representación local?.

Previamente, aclaro que no conozco a este señor, y probablemente el país (salvo Trujillo desde luego) tampoco debiera de no ser por sus continuos escándalos. Asimismo, he laborado durante años en distintas municipalidades por lo cual tengo un enorme y eterno agradecimiento.

Retomando el punto, coincidimos en los mínimos requisitos para acceder a este importante puesto. Así, la Ley de Elecciones Municipales refiere que para ser Alcalde o Regidor únicamente se requiere ser mayor de edad; es decir, no es requisito ser técnico o profesional, ni contar con experiencia previa en gestión gubernamental. Esto no se condice con las exigencias para ser Gerente Municipal, designado por el alcalde: formación superior completa, con cuatro años de experiencia general y tres años de experiencia específica en temas relacionados a la gestión municipal, gestión pública, entre otros (Ley Nº 31419).

Entendemos que la tendencia global es apostar cada día más por la juventud. Aunque esto solo podría funcionar al cien por cien en el sector privado, pero no en el sector público, donde sí resulta de relevancia la experiencia previa en administración estatal y poseer algún título. Las buenas intenciones no son suficiente.

Es cierto que hay alcaldes que tienen una especie de imán con sus vecinos; vale decir, no interesa las veces que postulen, siempre serán elegidos. E ahí los casos de Francis Allison (Magdalena del Mar), Renán Espinoza (Puente Piedra), Luis Bueno (Chosica), etc.

Sin embargo, si queremos tener máximas autoridades con idoneidad en los gobiernos locales, seamos exigentes no solo al momento de sufragar, sino previamente con los requisitos que debieran contar en la signada ley. No más alcaldes eróticos, ni tampoco vandálicos.

(*) Abogado