Noticias Locales

Trabajadores piden al juez que denuncie a Ulloa por desobediencia

Se acerca la hora cero:

Cinco trabajadores que ganaron un proceso por despido nulo contra la Universidad San Pedro continúan sin ser repuestos en sus puestos laborales, pese a existir un mandato judicial firme que ordena su reincorporación. Así lo denunció el abogado, Carlos Alberto Miranda Plaza, quien ha solicitado al Poder Judicial que adopte medidas más drásticas ante el presunto desacato de las autoridades universitarias.

Según el escrito presentado ante el Noveno Juzgado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia del Santa, la casa de estudios no ha cumplido con lo dispuesto en la Resolución N.° 19, emitida el pasado 16 de marzo de 2026, que ordena la reposición inmediata de los cinco demandantes. Incluso, el letrado afirma que el 23 de marzo los trabajadores acudieron al rectorado de la universidad para coordinar su reincorporación, pero se leshabría impedido el ingreso a su propio centro de labores.

El abogado calificó estos hechos como una “burla a la majestad del Poder Judicial” y advirtió que la actitud de la entidad demandada evidencia una abierta resistencia al cumplimiento de una sentencia firme emitida en el marco de la Nueva Ley Procesal del Trabajo.

En ese sentido, ha solicitado al juez que haga efectivo el apercibimiento previamente dictado, imponiendo una multa de tres Unidades de Referencia Procesal (URP) contra la universidad, además de reiterar el mandato de reposición en un plazo perentorio de tres días.

Pero el pedido va más allá. Miranda Plaza también ha requerido que, en caso de persistir el incumplimiento, se remitan copias de los actuados al Ministerio Público para que se inicie una denuncia penal contra tres funcionarios de la universidad: el rector Javier Ulloa Siccha, quien además estaría ejerciendo el cargo sin vigencia de poder; el jefe de Recursos Humanos, Jhonatan Almendras Mariluz; y el apoderado judicial, César Alberto Obando Cadillo.

Los delitos que se les imputarían son desobediencia a la autoridad y violación de la libertad de trabajo, tipificados en el Código Penal peruano. El abogado sostiene que impedir el ingreso de los trabajadores repuestos judicialmente constituye una grave vulneración de sus derechos laborales y un desacato a una orden judicial expresa.