Política

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ANULA PROCESO CONTRA OLLANTA HUMALA Y RATIFICA NULIDAD DE PRISIÓN PREVENTIVA DE VLADIMIR CERRÓN

El Tribunal Constitucional (TC) emitió dos importantes decisiones que tendrán impacto en procesos judiciales de alto perfil político: declaró la nulidad del proceso penal que condenó al expresidente Ollanta Humala Tasso a 15 años de prisión por lavado de activos y, además, ratificó la nulidad de la prisión preventiva impuesta al secretario general de Perú Libre, Vladimir Cerrón, en el caso Los Dinámicos del Centro.

En el caso de Ollanta Humala, el máximo intérprete de la Constitución declaró fundada la demanda de hábeas corpus presentada por su defensa, al considerar que durante el proceso se vulneraron los principios de legalidad y tipicidad vinculados al derecho a la libertad personal.

La sentencia dispone la nulidad de todo el proceso penal seguido contra el exmandatario y fue suscrita por los magistrados Helder Domínguez, Francisco Morales, Gustavo Gutiérrez, César Ochoa y Alfredo Hernández.

El abogado de Humala, Wilfredo Pedraza, confirmó la decisión y anunció que presentará la resolución del Tribunal Constitucional ante la sala que conoce la apelación del caso, con el objetivo de que se ordene la inmediata libertad del exjefe de Estado y el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) ejecute dicha disposición tras los procedimientos administrativos correspondientes.

No obstante, la sentencia contó con los votos singulares de los magistrados Manuel Monteagudo y Luz Pacheco, quienes consideraron improcedente la demanda de hábeas corpus.

Ratifican fallo a favor de Vladimir Cerrón

En otra resolución emitida la misma noche, el Tribunal Constitucional ratificó la sentencia que dejó sin efecto la prisión preventiva dictada contra Vladimir Cerrón Rojas en el proceso que afronta por presuntos delitos de organización criminal y lavado de activos.

El TC declaró la nulidad de las resoluciones emitidas el 4 de diciembre de 2025 y el 7 de enero de 2026, así como de todos los actos y decisiones judiciales que resulten contrarios a la sentencia constitucional que anuló la medida restrictiva.

Asimismo, ordenó remitir el expediente al Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional para que dé estricto cumplimiento a lo resuelto por el Tribunal Constitucional.

Esta decisión se produce luego de que dicho juzgado declarara «inejecutable» el fallo constitucional y solicitara una aclaración sobre sus alcances.

El abogado de Cerrón, David Panta, sostuvo que el auto aclaratorio del TC precisa que, al haber sido anulada la prisión preventiva, también deben quedar sin efecto todas las resoluciones posteriores que la mantuvieron vigente.

Según indicó, el pronunciamiento constituye además un mensaje al Poder Judicial respecto de la obligación de ejecutar las sentencias del Tribunal Constitucional en sus propios términos, sin reinterpretaciones que alteren o limiten sus efectos, en respeto de la autoridad de la cosa juzgada constitucional.