El Poder Judicial archivó el proceso penal seguido a Nadine Heredia, esposa del ex jefe de estado Ollanta Humala y otros por el caso de los aportes provenientes de Venezuela y las empresas brasilera Odebrecht y O.A.S para financiar las campañas presidenciales de su esposo en los años 2006 y 2011.
El Poder Judicial archivó el proceso penal seguido a Nadine Heredia, esposa del ex jefe de estado Ollanta Humala, por el caso de los aportes provenientes de Venezuela y las empresas brasilera Odebrecht y O.A.S. para financiar las campañas presidenciales de su esposo en los años 2006 y 2011.
La Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional también adoptó similar medida en el caso de Ilán Heredia, Antonia Alarcón y Rocio Calderón, hermano, madre y amiga de Nadine Heredia, así como del excongresista Santiago Gastañadui, Mario Torres, Eladio Mego, Maribel Vela y las personas jurídicas Partido Nacionalista Peruano y la empresa Todo Graph S.A.C., implicados en este caso.
Mediante una resolución emitida el ultimo 7 de agosto a la que tuvo acceso RPP, la sala superior tomo esta decisión al hacer extensivo los alcances de la sentencia que emitió el Tribunal Constitucional que declaro fundada una demanda de hábeas corpus promovida a favor del expresidente Ollanta Humala y declaró la nulidad de todo el proceso penal seguido en su contra por el presunto delito de lavado de activos en agravio del Estado.
“DISPONER el ARCHIVO DEFINITIVO del presente proceso penal en los extremos comprendidos por esta decisión, con efectos de clausura constitucional del objeto penal, sin perjuicio de los actos meramente administrativos, registrales o de comunicación que deban ejecutarse para materializar lo resuelto”, precisa la sala en su resolución
La sala superior dejó sin efecto las sesiones de las audiencias que había programado para evaluar las apelaciones que presentaron todas personas naturales y jurídicas contra las condenas y sanciones que les impuso el Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional en este proceso penal por carecer de objeto jurídico revisable.
El colegiado también dispuso el levantamiento de las órdenes de captura, requisitorias, restricciones personales, medidas coercitivas y medidas reales que deriven exclusivamente del presente proceso penal y de los extremos alcanzados por esta decisión, siempre que no exista mandato vigente emitido en proceso distinto o por autoridad competente distinta.

