Política

Municipalidad de Huarmey no entregó obra de agua y alcantarillado a Juntas de Usuarios

La Contraloría General de la República advirtió que la Municipalidad Provincial de Huarmey no efectuó la transferencia de la obra de ampliación y mejoramiento del servicio de agua potable y alcantarillado desde el centro poblado El Naranjal hasta el centro poblado Barbacay, en el distrito de Huarmey, situación que pone en riesgo la operatividad y sostenibilidad de la infraestructura sanitaria.

Según el Informe de Acción de Oficio Posterior N.° 010-2026-2-2911, elaborado por el Órgano de Control Institucional (OCI) de la comuna provincial, la obra fue contratada por S/ 3 millones 277 mil 778,51. Sin embargo, la entidad no realizó su entrega a las juntas administradoras responsables de los servicios de saneamiento ni acreditó la adopción de medidas concretas para asegurar su adecuado mantenimiento.

El órgano de control alertó que esta situación podría afectar el funcionamiento de los sistemas de agua potable y alcantarillado, comprometiendo la conservación de la infraestructura y el cumplimiento de su periodo de vida útil.

OBRA SIGUE BAJO RESPONSABILIDAD MUNICIPAL

En la documentación remitida a la Contraloría, mediante el Oficio N.° 007-2026-MPH-GI, del 10 de abril de 2026, que adjunta el Informe N.° 259-2026-MPH-A-GM-GI/SGOP, la Subgerencia de Obras Públicas señaló que la operación y el mantenimiento de los sistemas deberían estar a cargo de las Juntas Administradoras de Servicios de Saneamiento (JASS) de El Naranjal y Barbacay.

Estas organizaciones tienen entre sus funciones administrar, operar y mantener los servicios de agua potable y alcantarillado en las zonas rurales, bajo la supervisión y asistencia del Área Técnica Municipal (ATM).

No obstante, la Contraloría constató que la obra continuaba bajo responsabilidad de la Subgerencia de Obras Públicas, sin que se evidenciaran acciones concretas de la municipalidad para garantizar su mantenimiento.

MUNICIPALIDAD DEBE GARANTIZAR MANTENIMIENTO

El informe recuerda que el numeral 40.2 del artículo 40 de la Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones establece que la operación y el mantenimiento de los activos generados por las inversiones corresponden a la entidad titular de estos o responsable de brindar los servicios.

Asimismo, el numeral 40.3 dispone que dichas entidades deben programar, ejecutar y supervisar las actividades necesarias para asegurar la continuidad y sostenibilidad de los servicios, preservando la infraestructura y su vida útil.

En ese sentido, la falta de transferencia formal y de acciones oportunas de mantenimiento constituye un riesgo para la adecuada prestación de los servicios de saneamiento en ambos centros poblados.

La Contraloría comunicó los resultados de la acción de control al titular de la Municipalidad Provincial de Huarmey para que adopte las medidas correspondientes, atienda los hechos advertidos y, de ser el caso, disponga el deslinde de las responsabilidades pertinentes.