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COMISIÓN DE JUSTICIA DESESTIMA RECLAMOS DE JOSÉ GÁLVEZ

Resolución lapidaria para la franja:

• Declaró infundado e improcedente los reclamos.

resolucion

Resolución de Comisión de Justicia de Lidefa que declara improcedentes reclamos de Gálvez.

La Comisión de Justicia de la Liga Departamental de Fútbol de Ancash declaró infundado e improcedentes los reclamos del club José Gálvez FBC, sobre el partido que jugó el domingo 20 de mayo ante el Atlético Bruce que por un error garrafal perdieron en mesa a pesar de haber ganado por cinco a cero.

En las últimas horas el ambiente futbolero local se había cargado sobre todo luego que la Comisión de Justicia enviara un oficio solicitando se proceda a suspender el campeonato hasta que se emita la resolución respectiva. La resolución se emitió ayer y los resultados son lapidarios para los intereses galvistas.

La resolución número 04-2018-CMJ con fecha de ayer jueves 7 de junio y que lleva las firmas de Demetrio Ordeano Vargas(presidente), Yul A. Neyra Robles (Vocal) y Julissa López Huamán(Secretaria) tiene tres artículos resolutivos los cuales son contrarios para el club reclamante en este caso José Gálvez.

Señala la resolución 04, que los pedidos que hiciera a la Liga Provincial y al club Atlético Bruce sus representantes los cumplieron a cabalidad, por lo que han sido tomados en cuenta para resolver el caso.

En el artículo primero la Comisión de Justicia de la Departamental declara infundado el recurso de apelación contra la resolución 002-2018-CJ-LDPFS de fecha 25 de mayo, expedida por la Liga Provincial de Fútbol del Santa. Se señala que se confirma en todos sus extremos dicha resolución de la Comisión de Justicia  de la Provincial que declaró improcedente el reclamo por extemporáneo.

En el artículo segundo, la Comisión de Justicia de la Departamental, declara improcedente el pedido de nulidad presentado por presidente galvista Julio Peñaranda, el cual fue realizado el 30 de mayo ante la Liga Departamental de Ancash, solicitaban la nulidad de la resolución administrativa 001-2018-LDPFS, de fecha 21 de mayo expedida por la Liga Provincial del Santa.

En el tercer artículo, declara improcedente, el pedido de informe oral solicitado por el club José Gálvez en el escrito de apelación a la resolución 002-2018-CJ-LDPFS, el cual es sustentado porque no fue factible atender el pedido porque no se realizó ninguna audiencia de esclarecimientos de los hechos conforme al artículo 107 del Reglamento de Justicia Deportiva.

Sobre el sustento del artículo segundo la Comisión de Justicia señala que en el artículo 106 numeral 4 del Reglamento de Justicia Deportiva de la FPF, el plazo para reclamar es de un día hábil, es decir 24 horas. En el caso de José Gálvez presentó el reclamo el día 23 de mayo, cuando el plazo era solo 24 horas es decir el día 21. Por lo que la resolución 002 de la Comisión de Justicia de la Provincial se expidió de acuerdo al reglamento.

Sobre el sustento del artículo primero la Comisión de Justicia de la Departamental señala que de acuerdo a la disposición final sexta del reglamento de bases de la Copa Perú la Liga Provincial esta habilitada para resolver de oficio el incumplimiento de hacer alinear seis jugadores naturales del departamento de Ancash por parte del club José Gálvez, en el partido desarrollado el día domingo 20 de mayo ante Atlético Bruce, por lo que la resolución expedida por la Liga Provincial y que lleva la firma del presidente Pablo Paiz esta de acuerdo al reglamento, no habiéndose infringido causales de nulidad como refiere el club José Gálvez, más aun sino ha desvirtuado dicha irregularidad deportiva.

Con esta resolución la cual fue notificada ayer por la Liga Provincial, la Etapa Provincial continuara sin sobresaltos ya que se está jugando las semifinales mediante un cuadrangular que se disputará por llaves y que son tres fechas hasta conocer a los tres clasificados a la Etapa Departamental.