Dr. Edhín Campos Barranzuela
 Beneplácito e incertidumbre ha causado la propuesta de la Presidenta del Tribunal Constitucional Marianella Ledesma, mediante el cual ha expuesto ante el Consejo de Estado, que el Presidente de la República Martín Vizcarra indulte y conmute las penas a los internos, recluidos en los establecimientos penitenciarios del país, a causa de la pandemia del coronavirus.
Según refieren los patólogos, el COVID-19 es una enfermedad infecciosa causada por un nuevo virus que no se había sido detectado en humanos hasta la fecha.
Pese a todas las recomendaciones de salud pública y los esfuerzos que hacen los gobiernos de turno, el Covid – 19, sigue propagándose, pues los medios de comunicación dan cuenta, que esta pandemia sigue in crecendo y la perspectiva es que la línea de crecimiento continúe y no sabemos hasta cuándo.
En tal sentido, existe desde luego una población muy vulnerable que poca atención y decisión se le está tomado. Esta es la población carcelaria, si bien existe la preocupación de las autoridades para que el personal del Instituto Nacional Penitenciario, evite contagiarse y para tal efecto se vienen tomando las recomendaciones sanitarias para los agentes del Inpe; sin embargo la pregunta salta de madura y los internos? Es que acaso ellos son inmunes?, no son seres humanos?, donde se encuentra la protección de la dignidad humana y protección de las poblaciones vulnerables?, se debe esperar que se produzcan más muertes como las registradas en algunos penales?
Según se ha referido, la doctora Marianella Ledesma Narvaez, Presidenta del Tribunal Constitucional, planteó al Presidente de la República Martín Vizcarra, que use sus facultades de indulto y conmutación de penas para frenar el avance del coronavirus, al interior de los establecimientos penitenciarios
Para tal efecto se propone que los documentos que acrediten ser merecedor de la gracia presidencial, deberían ser:
Ser mayor de 60 años y pertenecer a la población vulnerable.
Tener síntomas de la enfermedad del Covid – 19 o encontrarse infectado. ( Informe Médico del Instituto de Medicina Legal ).
Tener discapacidad para el desplazamiento.
Ser agente primario
No haber sido condenado por delitos de crimen organizado, terrorismo y corrupción de funcionarios.
Ser mujer gestante y con hijos menores de tres años.
Ser padre o madre que sea cabeza de familia con hijo menor de edad o con hijo o cónyuge que tenga discapacidad permanente y siempre y cuando haya estado bajo su cuidado.
Sea como fuere, existe una bomba de tiempo en los diferentes establecimientos penitenciarios del país y las propuestas de otorgar la gracia presidencial del indulto, la conmutación de la pena, la propia amnistía para los procesados o la extinción especial anticipada de la pena a reos primarios, constituyen propuestas penitenciarios interesantes y que es necesario que el Congreso de la República y el propio Jefe de Estado analicen con prontitud, a fin de darle una solución inmediata, pues el Covid – 19 tiene para quedarse en casa, durante muchos semanas más y es urgente darle solución a esta parte de la población vulnerable. De lo contrario en los próximos días, se pueden producir muchas reyertas en diferentes establecimientos penitenciarios no solo del Perú, es por ello que urge tomar las medidas legislativas y administrativas correspondientes, a fin de prevenir cualquier levantamiento o motín carcelario, que podría dejar más muertos que la propia pandemia, pues con la salud pública penitenciaria, no se vacila, no se espera, ni se juega.