Para el conocido abogado chimbotano, Walter Aguirre Tapia, la decisión del Jurado Electoral Especial de Lima Centro de admitir la inscripción de la plancha presidencial de “Todos por el Perú” que encabeza el candidato Julio Guzmán, se ajusta a ley y debe ser ratificada por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Aguirre Tapia explicó que la observación inicial estuvo referida a una asamblea donde se eligieron a los integrantes del Tribunal Electoral, sin embargo, todo ello quedó convalidado en esta asociación de ciudadanos que han ingresado a la vida política del país y por ende, no pueden ser marginados por tecnicismos, mal aplicados” subrayó.
“Conforme lo anuncie en algunos medios respecto a las observaciones a la candidatura presidencial de Julio Guzman, señale luego de analizar el caso (por la sospechosa aparición y declaración de funcionario del ROP, luego de la subida del candidato a 5%), que en primer lugar, los partidos políticos, son asociaciones de ciudadanos con personería jurídica de derecho privado cuyo objeto es participar en la vida política del país y en el caso de Todos por el Perú, la convocatoria pudo ser deficiente, pero con la presencia de los concurrentes pertenecientes al órgano competente de dicho partido político, esta se convalida como que así lo ha interpretado el JEE Lima Centro que ha terminado por reconocer los actos internos de esta agrupación” señaló.
“En el quórum se observa que 9 concurrentes no están en la relación del Registro de Organizaciones Políticas (ROP), pero los partidos políticos conforme a Ley solo están obligados a informar una vez al año (enero a marzo) de la relación de sus militantes. Pero el padron de afiliados de toda agrupación política no está cerrado permanece abierto y cualquier ciudadano se puede incorporar y sus derechos de elegir y ser elegidos (democracia interna) están vigentes, en consecuencia el partido Todos Por el Perú podía fácilmente demostrar que dichas personas si son militantes y con todos sus derechos dentro de dicha agrupación” enfatizó el abogado Walter Aguirre Tapia.
“Al subsanarse el quórum es legal porque en la convocatoria se establece la segunda convocatoria y sobrepasan el mínimo en consecuencia los acuerdos son válidos y si estos acuerdos no son observados o en 30 días por algún miembro de la agrupación o no se pide su nulidad, quedan firmes y procede la convalidación, obviamente si no observan los militantes y no afectan a terceros” agregó.
Finalmente dijo que el JEE- Lima Centro ha hecho una interpretación sistemática de la normatividad nacional como corresponde al caso, los opositores hubiesen querido que se dé una interpretación literal y restringida solo del reglamento del ROP, pero hubiera sido un exceso.