Cuando los integrantes de la banda “Los Secos de Chimbote” ya se frotaban las manos y esperaban poder eludir los barrotes de las celdas del Penal de Cambio Puente que los aloja desde hace tres años, una decisión judicial que defiende el interés supremo de la sociedad, los ha dejado virtualmente un periodo más en el presidio.
Nos estamos refiriendo a la resolución expedida hace unos días por el juez de investigación preparatoria, John Pillaca Valdez, quien ha ratificado su decisión de prolongar por 12 meses más la prisión preventiva de los integrantes de la peligrosa gavilla de delincuentes.
El magistrado ha aceptado el pedido del Ministerio Público a efectos de garantizar la culminación del juicio y atendiendo que a que, por la gravedad de los delitos y las penas a imponerse, es previsible que estando en libertad se den a la fuga aun cuando esta medida fuese restringida.
El juez ha dictado esta resolución después que la Sala Penal de Apelaciones anulara una primera decisión similar al advertirse que el magistrado había incluido en su decisión final elementos de juicio que no habían sido materia de la audiencia pública en la que se debatió el pedido del Ministerio Público.
Para los magistrados superiores el Juez no debería haber expuesto hechos o situaciones que no fueran contrapuestas con la defensa de los abogados y señaló que había esgrimido argumentos como la primacía de la realidad que resultan gaseosos.
Hay que hacer la salvedad que esta sorpresiva resolución de la Sala Superior dio lugar a queÂÂÂ los abogados de los acusados, quienes están permanentemente a la expectativa del surgimiento de alguna divagación procesal para tratar de librar de la cárcel a sus defendidos, se opusieron a que el juez Pillaca convoque a una nueva audiencia para resolver la situación jurídica de sus patrocinados.
Alegaron que la sala superior solo había anulado su resolución mas no la audiencia pública en la que se debatió el pedido, de tal suerte que debería emitir una nueva resolución atendiendo las observaciones de los magistrados superiores, en otras palabras sostenían que el juez debería resolver con los debates de la audiencia anterior y que no tenía porqué convocar a una nueva fase de alegatos.
Sin embargo, el magistrado no aceptó esta petición y rechazó todos los recursos que lo recusaban para que se aparte del caso, sustentó que toda demanda que tenga que ver con la situación de jurídica de los investigados debe ventilarse en acto público y por ello convocó a una nueva audiencia que se ha desarrollado en el curso de la última semana.
Todo indica que el magistrado advirtió que los abogados no deseaban que en una nueva audiencia, que se desarrollaría varias semanas después que el Fiscal solicitara la ampliación del pedido de prisión, se podrían integrar conceptos relacionados con la acusación Fiscal que ya se encuentra lista, lo que conspira contra los objetivos de la defensa y complica su posición de libertad procesal.
Sea como fuere, el Juez siguió adelante no solo con el desarrollo de la audiencia a pesar de las presiones de los letrados, sino que sostuvo de manera firme y decidida los postulados que había fundamentado en su resolución inicial, aquella que apela a principios jurídicos que si bien no pudieron ser debatidos con los abogados, sirven para sostener una posición que tiene como objetivo defender los intereses de la sociedad en su conjunto.
Esta es la esencia de esta nueva actuación procesal, la defensa de una posición jurídica que busca que proteger y cautelar el derecho de la sociedad a defenderse de quienes la acosan y la amenazan, de quienes no han tenido escrúpulos de agraviarla cuando han desarrollado sus actividades delictivas, así como el desprecio de los bienes jurídicos tan preciados como la vida, la salud, el patrimonio, entre otros.
Es importante destacar esta actitud firme de la judicatura que ha señalado los linderos de una coyuntura legal, como el exceso de carcelería, frente a la necesidad de la sociedad a defenderse del delito. Esperemos que esta línea coherente se mantenga en la Corte del Santa.