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CONDENADO A 10 AÑOS DE CÁRCEL PIDE LE PERMITAN CUMPLIR PENA EN SU CASA

Bajo pretexto de Covid 19:

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Rolando Castillo Narváez pidió en audiencia cumplir su condena en la casa de su hija.

Un hombre de 69 años, condenado a 10 años de cárcel por el delito de actos contra el pudor (tocamientos indebidos) viene solicitando a través de una demanda constitucional de habeas corpus, cumplir su condena en su vivienda por tener síntomas de COVID-19 y un problema de asma que requiere de una atención especializada que no hay en el Penal de Cambio Puente de Chimbote.

Rolando Mario Castillo Narváez (69) sufrió un revés en primera instancia, pues el Juez de Investigación Preparatoria Javier Carrion Basauri declaró infundada su pretensión, pero ahora busca que la Segunda Sala Penal de Apelaciones revise dicho fallo y le permita cumplir su condena en su casa, por su estado de salud.

Por esa razón, esta mañana, los jueces de la Segunda Sala Penal de Apelaciones escucharon los argumentos de su defensa técnica y el pedido del propio Rolando Mario Castillo Narváez, pero además, intervinieron los Procuradores del Instituto Nacional Penitenciario y del Poder Judicial, quienes se opusieron a la medida.

En su pretensión, el hombre condenado por actos contra el pudor, solicitó por el tiempo que persista oficialmente la pandemia CORONAVIRUS, cumplir la pena de 10 años de cárcel que se le ha impuesto en el domicilio de su hija ubicado en el asentamiento humano “Pueblo Libre” de Chimbote, por padecer de COVID-19 y sufrir de asma.

Esta pretensión fue rechazada en primera instancia por el Juez Javier Carrión Basauri quien consideró que siguió un tratamiento en el Penal y no ha tenido mayores complicaciones en su salud, exhortando al director del establecimiento penitenciario que haga un seguimiento a los informes médicos que se emitan en lo sucesivo.

Castillo Narváez, se encuentra privado de su libertad desde el día 15 de octubre del 2019 por condena firme impuesta por el Juzgado Penal Supraprovincial del Santa por el delito de actos contra el pudor (tocamientos indebidos) con una pena de 10 años de cárcel, la misma que la cumple en el Pabellón 9 A en el Establecimiento Penal de Cambio Puente.

Los magistrados de la Segunda Sala Penal de Apelaciones dejaron al voto esta causa y emitirán resolución por despacho en el plazo de ley (dentro de tres días).