La Sala Penal de Apelaciones dejó ayer al voto el recurso de apelación formulado por la Procuraduría Anticorrupción del Santa respecto al sobreseimiento (archivo) de los delitos de peculado y malversación de fondos en el caso de la Avenida Pardo, aún cuando esta misma entidad que defiende los intereses del Estado, había advertido que, habiéndose incluido el informe de Contraloría en la investigación y estando a punto de iniciarse el juicio oral por el delito de colusión, carecía de objeto, insistir en dicha pretensión.
Sin embargo, los miembros de la Sala Penal de Apelaciones llevaron a cabo la audiencia, porque también escucharon la posición de la Fiscalía Superior, cuyos representantes Freddy Gutiérrez Crespo y María del Rosario Valencia Pozo, plantearon una nulidad a la resolución emitida por el Juez de Investigación Preparatoria Luis Pérez Granados, aún cuando dicho recurso lo plantearon prácticamente ocho meses después de ser emitido y que en su momento tuvo la conformidad del Fiscal Provincial, quien en audiencia, dijo estar conforme con dicha decisión.
Con todas estas características, la Sala Penal de Apelaciones escuchó a las partes en esta audiencia programada con antelación y en los próximos días deberá pronunciarse sobre si declara fundado o no el recurso de apelación interpuesto por la Procuraduría sobre el archivo de la denuncia por peculado y malversación de fondos en favor de los imputados Pamela Bermúdez Rodríguez, Cecilia del Rosario Alfaro y los extraneus, el representante del Consorcio y de la supervisión de la obra.
“Lo que sucede -explicó el abogado de Pamela Bermúdez Rodríguez ayer en audiencia- es que la Procuraduría formuló el recurso de apelación, cuando la prueba del informe de Contraloría no se había admitido al proceso de investigación, sin embargo, una vez que ello ha sucedido y la imputación más fuerte del Ministerio Público es la colusión, es que prácticamente han terminado por desistirse del recurso, pues ello podría dilatar aún más el inicio del juicio oral por colusión que está a punto de iniciarse” manifestó el letrado Carlos Fernández Neyra.
Los magistrados de la Sala Penal de Apelaciones deben pronunciarse en un plazo máximo de 10 días y en caso anulen el archivamiento de los delitos de peculado y malversación de fondos, se deberá realizar un nuevo control de acusación en esos extremos antes de pasar a juicio oral y si confirma el archivo definitivo, el juicio oral del caso Pardo, sólo se realizará por el delito de colusión.