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RESTAURANTES TENDRÁN AFORO DEL 40% SEGÚN NUEVAS DISPOSICIONES DEL GOBIERNO

El Gobierno anunció ayer las medidas restrictivas a aplicarse entre el lunes 10 al domingo 30 de mayo, de acuerdo al nivel de alerta sanitaria en el que esté cada provincia. Ello en el contexto de la pandemia por la COVID-19.

En ese sentido, desde el lunes 10 de mayo las provincias de Casma y Huaraz retornarán al nivel de riesgo muy alto, lo que significa que se eliminarán algunas restricciones como la inmovilización social obligatoria o el toque de queda los domingos.

En el caso de la provincia del Santa se mantendrá en el nivel muy alto y la provincia de Huarmey permanecerá en el nivel extremo, siendo la única de las 20 provincias de Ancash en esa condición.

19 PROVINCIAS DE ANCASH NIVEL MUY ALTO

El toque de queda es de 9 p. m. hasta las 4 a. m. del día siguiente. Los domingos está prohibido el uso de vehiculos particulares. También están prohibidos los eventos masivos, carnavales y fiestas costumbristas. El transporte interprovincial terrestre tendrá un aforo del 50% al 100%, regulado por MTC.

El aforo permitido en los espacios cerrados será entre el 30% al 50%.

En el caso de centros comerciales, galerías, conglomerados, tiendas por departamentos, templos y lugares de cultos, casinos, tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas, el aforo permitido será del 30%.

En restaurantes y afines, actividades de clubes y asociaciones deportivas, bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías, la capacidad máxima será del 40%.

En las tiendas de abastecimiento, bancos y entidades financieras, se permitirá operar con un aforo del 50%. Las actividades a espacio abierto no tienen restricción de aforo, respetando los protocolos.

HUARMEY NIVEL EXTREMO

El toque de queda es de 9 p. m. hasta las 4 a. m. del día siguiente. Los domingos rige la inmovilización social obligatoria.

Además, están prohibidas las reuniones en espacios abiertos y cerrados, al igual que los eventos masivos, carnavales y fiestas costumbristas.

El transporte interprovincial terrestre tendrá un aforo del 50% al 100%, regulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).

El aforo permitido en los espacios cerrados oscilará entre el 20% al 40%.

En el caso de centros comerciales, galerías, conglomerados, tiendas por departamentos, templos y lugares de cultos, casinos, tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas, el aforo máximo será del 20%.

Para los restaurantes y afines, actividades de clubes y asociaciones deportivas, bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías, el aforo es del 30%.

En las tiendas de abastecimiento, bancos y entidades financieras, peluquerías, spa, barberías y afines, se permitirá una capacidad del 40%.

Las actividades a espacio abierto no tienen restricción de aforo, respetando los protocolos.