Política

JNE RECHAZA HABER PERMITIDO CANDIDATURAS DE SENTENCIADOS POR TERRORISMO

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) señaló que durante el proceso electoral en marcha, se cumplió con aplicar las normas que prohíben la participación de sentenciados en primera instancia por el delito de terrorismo.

En tal sentido, la mencionada institución precisó que “ningún condenado por terrorismo ha sido inscrito, lo cual sería contra la ley”. En ese sentido “insta a no propagar desinformación”.

En una nota de prensa, la máxima entidad del sistema electoral recalcó que, bajo esa premisa, no se ha mostrado favoritismos a determinados candidatos, “como malintencionadamente se viene especulando”.

Se explica al respecto que el JNE tomó en cuenta los impedimentos establecidos en la Ley 30717, emitida el 2018 para modificar la Ley Orgánica de Elecciones.

Estos disponen que quienes tienen pena privativa de la libertad, efectiva o suspendida, con sentencia consentida o ejecutoriada por delito doloso no pueden postular a la Presidencia y vicepresidencias, Congreso y Parlamento Andino.

También establece dicha prohibición a los sentenciados por terrorismo, apología del terrorismo, tráfico ilícito de drogas o violación de la libertad sexual.

Además, se consideró para el proceso electoral la Ley 31042, emitida en setiembre del año pasado, y que añade un literal al artículo 34 de la Constitución, a fin de prohibir la postulación electoral de aquellos sentenciados, como autores o cómplices, por delito doloso.

Por ello, el máximo ente electoral rechazó que se difundan versiones sobre favorecimiento a determinados postulantes.

“El Jurado Nacional de Elecciones procesa la inscripción de candidatos de acuerdo a lo dictado por las leyes aprobadas por el Congreso de la República”, indicó. (Andina)