Política

JURADOS ELECTORALES PUEDEN RESOLVER TACHAS HASTA EL JUEVES 18 DE AGOSTO

Según el cronograma del proceso regional y municipal:

El próximo 18 de agosto vence el plazo para que los Jurados Electorales Especiales (JEE) resuelvan, en primera instancia, las tachas que se presenten contra las fórmulas regionales, listas de candidatos o uno o más postulantes, de acuerdo al cronograma de las elecciones regionales y municipales, recordó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

Debe señalarse que el periodo para interponer estos recursos ante los JEE se cuenta a partir del día siguiente de la publicación de las citadas fórmulas y listas de postulantes en los lugares pertinentes, una vez que estas se encuentran en calidad de admitidas (cumplimiento de requisitos), y se prolonga por tres días calendario.

Las tachas pueden ser interpuestas por cualquier ciudadano inscrito en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), con sus derechos vigentes. El escrito respectivo debe estar debidamente fundamentado, señalando las infracciones a la Constitución y a las normas electorales e incorporando las pruebas y los requisitos correspondientes.

Como se anotó, este recurso se interpone ante el JEE correspondiente, acompañándolo de la respectiva documentación. Luego de lo cual, el órgano electoral conferirá traslado en el día al personero legal de la organización política, a fin de que realice sus descargos, para lo cual posee un día calendario, como plazo.

Vencido el tiempo concedido, con descargos o sin ellos, el JEE resolverá en el término de tres días calendario, sin que se realice audiencia pública al respecto.

Lo resuelto por los JEE puede ser apelado y dirigido al Pleno del JNE, quien resolverá en última y definitiva instancia. Debe indicarse que el plazo que posee el Supremo Tribunal Electoral para pronunciarse sobre las apelaciones de las tachas presentadas en primera instancia vence el 2 de setiembre próximo, según el mencionado cronograma electoral.

La tacha que se declare fundada contra uno o más candidatos de una lista, no invalida la inscripción de los demás postulantes, ni de la nómina. En el caso de las fórmulas regionales, de corresponder estos recursos contra el candidato a Gobernador, la nómina no participará en las elecciones regionales y municipales.

En tanto que, de resultar fundada  la tacha contra el candidato a vicegobernador, no se afectará al postulante a Gobernador. Es importante tener presente que la oportunidad para reemplazar a un postulante venció en la fecha límite para la presentación de solicitudes de inscripción.