La Jueza Patricia Peralta Gambini del Segundo Juzgado Unipersonal Transitorio de la Corte Superior de Justicia del Santa será la encargada de dirigir el juicio oral del caso NEHALEM y en los próximos días de debe estar programando la fecha de inicio de esta etapa final del proceso judicial.
El caso NEHALEM investiga a la alcaldesa Victoria Espinoza García, sus exfuncionarios de la gestión 2007- 2010 (Julio Cortez Rojas- actual alcalde provisional-, Micaela Flores Gómez, Javier Menacho Méndez, Aquior Mendoza Mendoza) y el dueño de un consorcio constructor Oscar Randy Robles Camarena, por la presunta comisión del delito de colusión.
En la etapa intermedia, donde se realizó el control formal y sustancial de la acusación formulada por el Ministerio Público, se rechazaron los tres pedidos de sobreseimiento (archivo) y una cuestión prejudicial que planteó la defensa técnica de los imputados Victoria Espinoza García, Julio Cortez Rojas, Micaela Flores Gómez, Javier Menacho Méndez, Aquior Mendoza Mendoza y Oscar Randy Robles Camarena.
Para ellos, el Ministerio Público ha solicitado se les imponga una pena de prisión efectiva de 5 años de cárcel, a excepción de Aquior Mendoza Mendoza para quien se le ha solicitado 3 años de prisión efectiva en razón de tener responsabilidad restringida por ser una persona mayor a los 65 años. También se les ha pedido una inhabilitación de 3 años para ejercer la función pública y el pago de una reparación civil de 200 mil nuevos soles.
En el juicio oral, que estará a cargo de la magistrada Patricia Peralta Gambini, además de discutir las 64 pruebas documentales, se recibirá la testimonial de los empresarios José Martín Pinatte García y Miguel Ángel Cornejo Zavala, dueños de dos de las empresas que conformaron Consorcio NEHALEM y quienes sindicaron a Oscar Randy Robles Camarena como la persona que dirigió y se encargó de esta obra en forma personal y directa.
También se recibirá la declaración del anterior perito adscrito a la Fiscalía Anticorrupción, Ing. Gabriel Galdós Lavado quien realizó una pericia que encontró sendas irregularidades en el expediente de contratación y ejecución de la obra de agua y desagüe ejecutada por la empresa Consorcio NEHALEM.
Uno de los elementos de convicción más sólidos que tiene el Ministerio Público en contra de los imputados es la carta fianza N° 13- 01001447-00 emitida por la Cooperativa FININTEL para garantizar la seriedad de oferta de la empresa en el proceso de buena pro, que resultó siendo falsa, y, la ilegal carta fianza N° FC- 008- 03- 2010 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Fianzas y Garantías LTDA, pues esta última entidad no figuraba en el registro de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) y por tanto, no podía extender estos documentos como garantía de la ejecución de una obra pública, pero aun así el Municipio los admitió.