Política

JNE VUELVE A ANULAR ACUERDO DE VACANCIA CONTRA ALCALDESA DE MACATE

Los apercibe por ineficientes:

• Por unanimidad devuelve expediente para que se revise otra vez en pleno.

• Regidores tacharon documentos de defensa de Alcaldesa sin motivación alguna.

3-marzo-200 A

Alcaldesa de Macate, Erika Pérez Ruiz, seguirá en el cargo.

Al advertir la vulneración al debido proceso y la ausencia de una motivación aparente para tachar los documentos de defensa que presentó la alcaldesa Erika Pérez Ruiz; el pleno del Jurado Nacional de Elecciones volvió a declarar nulo el acuerdo de concejo que sancionó su vacancia el pasado 3 de octubre del año 2016.

Los magistrados del JNE por unanimidad han resuelto que se devuelvan todos los actuados al Concejo Distrital de Macate a fin de que convoque nuevamente a sesión extraordinaria y se emita nuevo pronunciamiento sobre el pedido de declaratoria de vacancia, pero respetando y valorando los argumentos de defensa de la alcaldesa y sustentando y motivando las razones por las cuales declaran su vacancia, de ser el caso.

Todo ello, dice el JNE, bajo apercibimiento de remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal del Santa, con el objeto de que se ponga en conocimiento del fiscal provincial penal de turno, para que evalúe la conducta de los integrantes de dicho concejo.

Carlos Fernández Beltrán, asesor legal externo de la Municipalidad Distrital de Macate señaló que el JNE ha establecido puntualmente que los regidores deben sustentar porque declaran fundada la tacha al documento de oposicion que presentó la Alcaldesa, en ese entonces regidora al ex alcalde fallecido, donde se oponía a la contratación de un familiar suyo, que es el motivo del presunto nepotismo y causal de vacancia que alegan los denunciantes.

“En segundo lugar, los regidores están en la obligación de discutir todos los cargos que presentan y discutir todos los descargos de la Alcaldesa, además de fundamentar ellos mismos sus votos es decir no valerse de abogados ni escritos de papel que le alcancen sus abogados” señala la resolución.

Sin embargo, para el letrado, lo más importante es que la resolución del JNE también establece que ninguno de los regidores puede abstenerse y todo ello bajo apercibimiento de denuncia penal por omision de deberes articulo 377 del codigo penal.

“Los miembros del concejo municipal, tomando como punto de partida los elementos que, conforme a la jurisprudencia del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, configuran la causal de vacancia invocada; tienen el deber de discutir sobre cada uno de los hechos planteados, realizar un análisis de estos y, finalmente, decidir si estos se subsumen en la causal de vacancia alegada, además, han de emitir su voto debidamente fundamentado en la misma sesión de concejo” advierte el pleno del JNE en su resolución Nº 033- 2017 publicada ayer en su portal institucional.

3-marzo-200 B

Resolución de JNE.