Suficientes para juicio oral y sentencia:
Audiencia de prolongación de prisión preventiva en caso Samanco, demoró más de 4 horas.
Tras una audiencia de más de 4 horas, el Juez de Investigación Preparatoria, Roma Cruz Avilés declaró fundado en parte el requerimiento de prolongación de plazo de prisión preventiva en contra de 12 investigados por el doble crimen del alcalde de Samanco, Francisco Ariza Espinoza y su asesor legal, Henry Aldea Correa, ocurrido en octubre del año 2015.
Cruz Avilés dispuso que no sean 18 meses, sino únicamente 14 meses más los que permanezcan detenidos los investigados Fanny Gladys Malqui Huamán, Carlos Alberto Bedón Pérez, Noemí Katherine Rubina Moreno, Jhonatan Eder Solis Haro, Fanny Marilyn Medina De La Rosa y Marcos Andres Vasquez Julca, Miguel Junior Solsol Contreras, Aryton Juergen Casahuaman Castañeda, Luis Enrique Matienzo Fernandez, Renzo Alfredo Perez Angeles, Wilmer Wueslin Thanaqui Oroya Margarito y Luis Brandon Malo Rosario.
En el caso de los imputados Carlos Bazán Castro y Jaime Casana Escobedo, no formaron parte de la audiencia, el primero porque su abogado no acudió al no haber sido debidamente notificado y el segundo, porque la Fiscalía admitió que al no haber sido capturado, subsiste la primera medida de prisión preventiva de 18 meses, por ende, no tenía sentido, ampliar dicha medida coercitiva extrema.
Tras un largo debate, la mayoría de abogados admitieron que se mantenían los elementos de convicción que sustentaron inicialmente la medida de prisión preventiva y lo único que sustentaron fue que el plazo de 18 meses era excesivo y podía fijarse únicamente en 10 meses, inclusive otros solicitaron una prolongación de apenas 8 meses.
Sin embargo, el momento más tenso de la audiencia fue cuando el defensor público que patrocina a uno de los exregidores imputados, señaló que la Fiscalía había solicitado en contra de su patrocinado, inicialmente 7 meses de prisión preventiva que luego fue prolongada por 11 meses más, “siendo así, no cabe, una prolongación de prolongación” señaló, mientras presentaba un recurso de apelación ante la Sala Penal.
El juez del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte del Santa, explicó en su resolución que este plazo de 14 meses de prisión preventiva servirá para que se complete la fase de la etapa intermedia de la investigación (control de acusación) y el eventual juicio oral, por lo que estimó que el Ministerio Público (que ya no puede realizar ningún acto más de investigación porque dicho plazo ya concluyó) debe estar expedito para que estas dos fases se culminen en dicho periodo.
Tomando en cuenta el plazo de vencimiento de la última prisión preventiva de cada uno de los procesados, en el caso de Mallqui Huamán, Bedón Pérez, Rubina Moreno, Solís Haro, Medina La Rosa, la prolongación de prisión vencerá el 4 de agosto del 2018.
Para Solsol Contreras, Matienzo Fernández, Pérez Ángeles, Tanaqui Margarito y Malo Rosario, la prisión preventiva vencerá el 30 de julio del 2018. Respecto a Casahuamán Castañeda, su prisión preventiva vencerá el 10 de abril del 2019, mientras que para el imputado Vásquez Julca, el plazo culminará el 10 de marzo del 2019.
CONTROL DE ACUSACIÓN
En la misma audiencia, el Juez Roma Cruz Avilés, recordó que con fecha 10 de mayo, todos los abogados e imputados han sido notificados de la acusación formulada por el Fiscal Edwin Iván Cipriano Lozano,, de tal modo que cuentan con diez días hábiles para cuestionar dicho requerimiento y además, solicitar los pedidos que la ley les asiste, antes de convocar a la audiencia de control de acusación.
En esta audiencia de control de acusación, se determinará si el proceso pasa o no a juicio oral.