Política

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PIEDRAS

Una curiosa resolución ha expedido en los últimos días el Jurado Electoral Especial del Santa en relación a las infracciones electorales que deben ser sancionadas y cuyo reporte corre a cargo de la coordinadora de fiscalización del mismo Jurado Electoral. Ello porque los miembros del Jurado han recibido un informe de los fiscalizadores en atención a un presunto incidente que constituiría infracción de las normas sobre propaganda electoral, el cual se habría suscitado en un “predio de dominio público sin contar con autorización”, indicando que el tipo de predio de dominio público es “vía pública”, y detallando como característica de propaganda electoral reportada “en piedras en la vía pública”. Los miembros del Jurado han observado este informe en razón que no detalla a que Institución del Estado pertenece dicho dominio público, es decir “las piedras” en las cuales se realizaron las pintas con propaganda electoral, a fin de poder señalar específicamente a que institución propietaria de dicho predio se debió solicitar la autorización, sobre todo si se señala que la propaganda se realizó sobre piedras. No se especifica el lugar ni la organización política que habría realizado esta propaganda, empero, llama poderosamente la atención que hasta las piedras que existen en la vía pública no pueden ser utilizadas para la propaganda, de allí que el análisis que hace el Jurado en pleno en relación a quien pertenecen las piedras para que el presunto infractor haya necesitado solicitar previamente una autorización es acertado. Por ello es que mediante resolución N° 00188-2018-JEE-SNTA/JNE está solicitando a la coordinadora de los fiscalizadores de este organismo electoral “que se precise y se detalle en el informe de Fiscalización a que Institución Pública le corresponde la “propiedad” de dichas “piedras”. Esto si es de cajón, no saben cuanto deseamos conocer la increíble respuesta que tengan que dar los fiscalizadores, pues a nuestro modesto parecer estos fiscalizadores son los que “están escribiendo piedras”.

CRITERIO

Lo que llama poderosamente la atención es que los fiscalizadores del Jurado Electoral consideren que existe infracción electoral cuando un candidato ha pintado su propaganda sobre piedras, sin embargo, apenas el mes pasado les dieron la tarea de investigar si los candidatos de un movimiento político que utilizaron las carpas de la posta de salud de Miraflores para hacer propaganda electoral habían incurrido en infracción electoral y dijeron que eso no era una transgresión a la norma electoral. Todos los medios de comunicación publicaron las reveladoras fotografías de los candidatos en una campaña de salud y los afiches pegados en la carpa de la posta de Miraflores que solicitaron con otros fines, sin embargo, eso no constituyó infracción para los fiscalizadores pero si es una infracción que otro candidato ante su propaganda sobre piedras de la vía pública. Vaya, vaya.

FREGADO

Quien sí está en problemas es el alcalde de la vecina provincia de Casma, Joseph Pérez Mimbela, quien no solo se quedó con las ganas de postular a la gobernación regional por desencuentros con sus parciales de “Alianza para el Progreso”, sino que su gente de confianza olvidó que es una autoridad de una entidad pública y que tal condición en época electoral le impide siquiera mostrar sus obras y realizar campañas de propaganda en toda clase de medios de comunicación, salvo que tengan fines sociales y de beneficio a la población y siempre que se encuentren previamente autorizadas por la autoridad electoral. Por ello es que el pasado mes de mayo fue denunciado por los fiscalizadores de insertar propaganda indebida en banners y gigantografías, razón por la cual el jurado electoral calificó ese hecho como infracción electoral y conminó al burgomaestre casmeño a retirar esa publicidad estatal indebida. Habiendo quedado consentida dicha resolución el jurado está ordenando a sus fiscalizadores que verifiquen si se ha retirado esa propaganda indebida y de advertirse que no lo han hecho le espera una verdadera multa al alcalde casmeño. Es decir, que después de quedar fuera de carrera a la gobernación ahora lo pueden multar por propaganda indebida, eso es el colmo, como se nota que no tiene asesores que le guarden las espaldas.