Política

PRESIDENTE DE PODER JUDICIAL DE ACUERDO CON QUE SE REGULE LA PRISIÓN PREVENTIVA

Convocará a pleno jurisdiccional:

• Antecedente de pronunciamiento de una Sala Suprema debe servir para sentar un criterio vinculante.
• Decisión se adopta para evitar los excesos que se vienen registrando en los últimos meses.

presidente de poder judicial

Dr. Jose Luis Lecaros, presidente del Poder Judicial.

El presidente del Poder Judicial (PJ), José Luis Lecaros, se pronunció a favor de regular la prisión preventiva y destacó que el próximo pleno jurisdiccional analizará la posibilidad de establecer criterios uniformes para la aplicación de esta herramienta procesal.

“Sí, es necesario (regular la prisión preventiva) porque a veces se cometen excesos”, declaró ayer.

Refirió que esos excesos pueden presentarse, por ejemplo, cuando la prisión preventiva es aplicada sin que exista peligro de fuga del investigado.

“No puedo hablar de casos concretos para no afectar el desenvolvimiento de los jueces”, aclaró sobre la polémica en torno a la aplicación de la prisión preventiva en el marco de investigaciones fiscales.

De acuerdo a algunos sectores, la prisión preventiva violaría el principio de presunción de inocencia al enviar los jueces a la cárcel a una persona investigada, pero que no ha sido sentenciada aún.

Por el contrario, quienes defienden su uso sostienen que es una herramienta legal y constitucional cuya aplicación es dispuesta por un juez como una garantía para evitar la fuga del investigado o algún entorpecimiento a la acción de la justicia.

En torno a este tema, Lecaros respaldó la reciente resolución de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, en la cual se establecieron algunos parámetros para aplicar la prisión preventiva.

“Yo estoy de acuerdo con lo que ha resuelto la Sala Penal Permanente en el sentido de que el punto más importante de la prisión preventiva no es la prueba, ni la gravedad del delito, sino el peligro de fuga o de obstrucción a la justicia. Pero esto no debe establecerse en base a presunciones sino sobre hechos concretos que demuestren que el procesado tiene intención de fugarse u obstruir”, remarcó.

El titular del Poder Judicial precisó, no obstante, que la resolución de la Sala Penal Permanente no es vinculante, ni obligatoria. Por ello, dijo que el pleno jurisdiccional analizará si se ratifica ese criterio o se establecen otros parámetros.

“Las salas penales de la Corte Suprema tienen la facultad de reunirse en un pleno para tomar acuerdos que sean vinculantes para todas las instancias. Se ha considerado necesario que sea el pleno de la Corte Suprema que ratifica lo establecido por la sala permanente o establece otros parámetros (…)”, explicó.

Remarcó que el eventual acuerdo en dicho pleno jurisdiccional sobre la prisión preventiva será de “obligatorio cumplimiento” para los jueces penales y operadores del sistema de justicia.

“Lo que ha dictado la Sala Penal Permanente no es vinculante, no es obligatorio, pero si el pleno (jurisdiccional) saca un acuerdo ese si será vinculante y se tiene que cumplir”, subrayó.