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LOS TRANSPORTISTAS DE CARGA Y MERCANCÍAS ESTÁN PROHIBIDOS DE TRASLADAR A PERSONAS

Sancionarán a choferes que lo hagan:

transportistas

La Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran) recuerdan a los transportistas de carga y mercancías que están prohibidos de realizar el servicio de transporte terrestre de personas durante el Estado de Emergencia Nacional.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de la Sutran, exhorta a los transportistas de carga y mercancías abocarse exclusivamente al rubro de abastecimiento y a su respectiva cadena de operaciones.

El Decreto Supremo N° 044-2020-PCM que declara el estado de emergencia, así como su posterior prórroga, suspenden el transporte interprovincial de pasajeros por medio terrestre, aéreo y fluvial para evitar la propagación del coronavirus. Esta prohibición debe ser cumplida hasta el próximo 12 de abril.

Los transportistas que hagan caso omiso a las disposiciones serán sancionados según lo establecido de acuerdo a ley.