Opinión

ESTA ES MI OPINIÓN

Por:  CPC SERGIO AGURTO FERNANDEZ

Como bien sabemos, el fin supremo de toda acción, siempre debe ser la persona humana, de aquellas que viviendo en los cinturones de miseria, padecen del olvido estatal, negándoseles los servicios básicos que dignifiquen su condición humana; o de los que sienten los estragos de la tiranía de un superior jerárquico, a quienes les resulta difícil de entender, que son simples aves de paso, cuyo  poder es meramente circunstancial y efímero, y en su momento terminarán por retornar a su rutinaria vida de origen, sin recibir el saludo afable de gente agradecida, por lo bueno de la gestión.

Quienes están desposeídos de un patrimonio, para sobrevivir, hipotecan su tiempo a cambio de un salario y de los beneficios que de allí se derivan (estabilidad laboral, seguridad social, CTS y jubilación), por este motivo, siempre estarán expuestos a los rigores y hasta los abusos patronales. En nuestro querido Perú, como para no creerlo, hay un premeditado abuso e interesado desconocimiento de los derechos laborales, tanto en el sector público como en el privado, al punto de convertir al vínculo laboral, en una simple relación contractual, que en términos administrativos significa, que las acciones de este tipo de personal, no están bajo la tutela de la Unidad de Recursos Humanos, sino de la Unidad de Logística, comparable al servicio esporádico de mantenimiento que pueda brindar un particular, por ejemplo, cuyo pago se considera no una remuneración sino un servicio, expresado en un recibo de honorario.

El Estado como un ser físico, no existe, como para encararle personalmente de los múltiples abusos laborales que se cometen en su nombre; pero jurídicamente sí existe y son personas naturales las que lo representan; de ahí que, con certeza se dice que el Estado es un mal empleador, como por ejemplo, ningún derecho laboral adquirido es reconocido tan fácilmente en la vía administrativa, ninguno. Fiel a su inveterada costumbre, “obliga” al pauperizado servidor público, a distraer los escasos recursos que dispone, para recurrir a la vía judicial, en reclamo de sus derechos conculcados,, por lo que terminan abarrotando los despachos judiciales, ocasionando una innecesaria sobrecarga procesal.

Hay nuevos aires que oxigenan el ambiente laboral, donde las exigencias académicas para acceder a un vínculo laboral, que ahora se dicen meritocracia, son más exigentes, lo que está muy bien, frente a las mínimas que eran antes, salvo los de nivel jerárquico, que solo bastaba con presentar un título profesional y nada más. El que alguien haya seguido estudios de pos grado (maestría y doctorado) era una rareza, era un lujo académico que muy pocos tenían el privilegio de exhibir, porque no era necesario para poder trabajar, y también en razón de que los centros de educación superior, los había en Lima y en algunas ciudades importantes de tradición colonial (Arequipa, Trujillo, Cuzco).

Hoy en día, cuando tenemos entre manos un periódico, o pasamos revista a las ofertas laborales que se dan por internet, vemos que tienen un listado de requisitos en estudios y experiencias, casi todos vinculados con la informática; es una inevitable barrera que todos los postulantes a un empleo tratan de superar; ahora en todas las capitales de provincia siempre hay o un instituto superior o la filial de una universidad, y esto brinda la oportunidad para acceder a ellas y ser laboralmente más competitivo, al darle un mayor valor agregado al servicio manual o intelectual que se brinda.

Esta apreciación es válida, por las particularidades que se dan, por ejemplo, todos los estudiantes de educación secundaria, ya tienen muy en claro qué carrera profesional van a seguir, y ya en el pre grado están pensando qué maestría van a continuar, situación que los estudiantes lo han convertido en una exigencia personal, para tenerlo bajo la manga, cuando tengan que postular a un empleo. Entones, esto explica muy bien que haya magister y doctores con el grado académico en la mano, pero que carecen de un título profesional, ya que se despreocuparon de obtenerlo al término del pre grado y se quedaron sólo con el grado de bachiller. Como consecuencia de ello vemos a algunos ministros de estado, que no tienen el título profesional, sólo el grado de bachiller, pero con una sustanciosa hoja de vida, con diplomados, maestrías y doctorados, aunque para efectuar tales tareas (Ministro) no se hace necesario el título, al no hacer uso del ejercicio profesional.

También es bueno recordar que, a falta de centros de educación superior en las provincias, se permitieron poner en práctica ideas innovadoras, como que hicieron su aparición para suplir estas carencias, aquellas instituciones que impartían “educación a distancia”, enviando los textos por correo; entre ellos tenemos, a las Escuelas Americanas, Hempill School, entre otras. Previo examen del currículo impartido, otorgaban títulos profesionales, con valor legal, en las diversas disciplinas del saber humano, con posibilidad de trabajar sin limitación alguna, porque eran aceptados por las empresas, también por el sector público.

El suscrito es fruto de esta modalidad de enseñanza, y puede dar fe de las bondades del sistema. En materia contable, por ejemplo, el título de contador expedido por estas instituciones, eran aceptados por la ex Dirección General de Contribuciones, hoy SUNAT, los registraban y otorgaban un número de registro para el libre ejercicio profesional. Estos contadores estaban ubicados en la categoría “C”; a los contadores mercantiles egresados de la Educación Secundaria Comercial, los ubicaban en la categoría “B”, hasta que aparecieron los contadores públicos, que no necesitaban registrarse en Contribuciones, sino colegiarse en su respectivo colegio profesional. En consecuencia, ahora podrán ver que la educación a distancia sí funcionaba. Igual valor tenía todos los títulos de las otras especialidades.

Mención aparte merece el problema de los 14,883 docentes separados de la Carrera Pública Magisterial, la crítica puede  venir según como se ubique el interés de la persona. Para entenderlo mejor, es preciso retroceder en el tiempo hasta ubicarnos en el año 1984, fecha en que fueron 370 mil maestros los que ingresaron al magisterio en forma “interina”, y luego separados del cargo en el año 2014, o sea 30 años después, con el argumento de que carecían de título profesional y otros no asistieron o fueron desaprobados en el examen.

Si en el año 1984 se les admitió, seguramente fue por algún mérito que exhibían, o porque eran los menos malos, frente a la urgente necesidad de contar con más docentes; siendo así, cualquiera que haya sido el vínculo magisterio-docente, ya se generaron “derechos laborales adquiridos”, así el Estado no los quiera reconocer, pero el Tribunal Constitucional sí, porque aquí concurren ingresos que tienen el “carácter de permanentes en el tiempo y regulares en su monto”. Al profesor se le debe de evaluar en el aula durante un año lectivo, en donde los pergaminos no cuentan, sino la capacidad que tiene para transmitir conocimientos; y si esto hubiera sido así, le correspondía al empleador asumir el reto de la capacitación (titulación). Ojo, estamos hablando del Estado y no de un empresario.

Qué duda cabe que fueron tres los factores que impidieron para que los profesores pudieran cumplir con las exigencias propias del cargo; 1) Sueldos indignos que sólo cubrían las necesidades de la familia, sin margen de ahorro para destinarlo a la titulación y a la capacitación, 2) La lejanía de los centros de formación docente (sierra y selva), cuyo acceso era un deseo imposible de cumplir, y 3) La insensibilidad del Estado –llámese “burocracia dorada”, carente de empatía con la clase necesitada-, en no facilitar a los docentes sin título, la oportunidad de seguir estudios a “distancia”, desde su domicilio o sede laboral, supervisado por las UGELs.

Al respecto, el Congreso de la República con fecha 09-10-2020, aprobó la ley que dispone la reincorporación de los 14,883 maestros cesados el año 2014, autógrafa que fue remitida al Despacho Presidencial para su promulgación. Acto seguido, el día 15-10-2020, el Pleno del Congreso aprobó “Reconsiderar la segunda votación del texto sustitutorio de la ley que aprobó (09-10-2020) la reincorporación de los 14,883 maestros”. Estas marchas y contramarchas (vacilaciones) de los señores Congresistas, hacen mucho daño al país, y demuestra la calidad de personas y la capacidad de profesionales que son, y la mediocridad de las decisiones, revela el poco conocimiento del tema y las consecuencias a futuro que podrían ocasionar.

De los 14,883 docentes, seguramente varios miles de ellos, ya superaron los 65 años de edad y con  30 años de aportaciones (de 1984 a 2014), ahora mismo ya deberían de estar jubilados, pero lo más probable es que no, porque para el Estado (burocracia), el personal contratado que ocupa una plaza “no orgánica”, la remuneración se les paga fuera de planilla; el tal situación los derechos laborales (estabilidad, Essalud, CTS, jubilación), son insubsistentes.

En justicia, aquí hay una ineludible responsabilidad social del Estado y la tenía que asumir, al no habérseles incorporado a planilla, tal como correspondía, así el contrato haya sido por un año; entonces es de suponer que ellos, al haber superado los 65 años de edad y sin jubilación, ya pasaron a engrosar la fila de la población indigente y también a ser beneficiario (carga para el Estado) de algún programa social que brinda el gobierno. En verdad esto es muy vergonzoso.