Editorial

::: VACÍOS PREOCUPANTES :::

Como hace ya seis años atrás, cuando la justicia encarceló el ex presidente regional César Álvarez Aguilar, así como sus principales funcionarios y elementos de su más estrecho entorno, la región Ancash ha quedado nuevamente descabezada y al borde de la inestabilidad a consecuencia de una decisión judicial.

Nos referimos a la resolución del Juez del Quinto Juzgado anticorrupción de Huaraz que ha dictado 9 meses de prisión preventiva contra el Gobernador Regional Juan Carlos Morillo, contra siete gerentes y funcionarios y una empresaria, en el marco de la investigación que se realiza sobre las presuntas irregularidades detectadas en las compras de equipos y ejecución de obras por la emergencia del Covid 19.

El pasado miércoles por la noche el juez Derby Quezada Blanco, quien ha salido del anonimato a causa de este proceso penal, ha considerado que los cargos son suficientes como para disponer la reclusión de la máxima autoridad regional porque, a su criterio, existen fundados elementos de convicción que generan sospechas de los delitos investigados y la probabilidad de obstaculización a la justicia.

Obviamente, los magistrados de primera instancia ya no apelaron a la probabilidad de fuga en la medida que la Sala Penal había descartado este criterio cuando evaluó la detención preliminar, sin embargo, el representante del Ministerio Público ha insistido en este criterio alegando que los involucrados no cuentan con arraigo laboral y familiar.

Esto último pone de manifiesto las ambigüedades que envuelven a esta medida de prisión apresurada y exagerada, como la calificaron los abogados defensores que por casi 20 horas expusieron una serie de argumentos ante el juez de la causa, sin embargo, los que seguimos las incidencias de esta audiencia de prisión nos peguntamos si ello fue necesario, si había la impostergable obligatoriedad de llevar una larguísima diligencia si es que los fundamentos y considerandos de los letrados no solo no serían tomados en cuenta sino que ni siquiera han sido rebatidos en la resolución del Juez.

En la lectura de su resolución el magistrado sustenta la medida de prisión en la existencia de dos pericias, una contable y una civil, en las que se expone la existencia de marcadas diferencias en los costos establecidos por los propios investigados y el expediente técnico, al extremo que se elevaron los costos de 7 y pico millones de soles hasta poco más de 10 millones en el plan covid diseñado por el gobierno regional, agregando que eso se hizo en cuestión de tres a cinco días, lo que resulta sumamente sospechoso.

Sin embargo, todos escuchamos a los abogados que explicaron hasta la saciedad que no existe diferencia irregular alguna en la medida que los primeros valores obedecen a un “estimado” que se hace cuando se pretende emprender un proyecto y los valores del expediente técnico son los que finalmente se aplican al proyecto.

Siempre existirán diferencias, uno de los defensores mostró una jurisprudencia de un caso investigado en Tacna en donde la diferencia del valor estimado con el expediente técnico superaba el millón y medio de soles, sin embargo, el caso terminó archivándose porque no existe un solo patrón en los proyectos y valorizaciones, existen casos que están sujetos a ciertas circunstancias y condiciones que hacen fracasar las cifras.

Este es el caso de la pandemia del Covid 19 que el juez no ha querido tomar en cuenta, pues todos saben que en los meses más álgidos de la emergencia los precios de los productos destinados a combatir el virus volaron en sus costos, hasta una mascarilla se valorizaba hasta en cinco veces su costo original, esto lo sabe hasta un jovencito de primaria.

Las prisas y premuras que esgrime el Ministerio público en la tramitación del expediente es porque el régimen era de una emergencia, se trataba de combatir al Covid que en esos meses estaba matando a mucha gente, se atendía a esa condición especial de la norma legal que exige y demanda diligencia en los trámites y por ello elimina, por ejemplo, el requisito del proceso de selección o licitación.

Esto debe ser de pleno y absoluto conocimiento de los fiscales, en una emergencia siempre se ha procedido de esta forma, de allí que extraña sobremanera que en la justicia de Huaraz se pretenda criminalizar lo que la misma norma legal deslinda en la conducta de los funcionarios públicos obligados a atender una emergencia sanitaria.

Lo curioso es que, si un funcionario no hace nada, no compra, no construye, no aporta contra la pandemia es acusado y hasta denunciado por omisión de sus funciones, ahora resulta que acelerar y diligenciar las compras y proyectos para ganarle a la pandemia también resulta sospechoso y suficiente para fiscal y juez como para disponer la prisión de las autoridades. Veremos si la Sala Penal tiene ese mismo criterio pues lo que se ha escuchado durante las 20 horas de exposiciones de los abogados resulta más que suficiente para investigar pero sin necesidad de desestabilizar a toda una región con medidas extremas y descomunales.