Opinión

MAYOR COBERTURA DE BENEFICIOS – ONP

Por: CPC SERGIO AGURTO FERNANDEZ

El sistema previsional público (ONP) como que estuvo invernando o en una obligada “cuarentena”, a falta de herramientas legales que le permitieran ampliar su cobertura de atención, en beneficio de su amplia cartera de afiliados. A nuestro entender, no es casual de que haya sido así, habida cuenta de la existencia de afiliados disconformes del sistema previsional en su conjunto y que va en aumento, por una serie de restricciones  en sus derechos, como aquello de que, pese a ser los dueños absolutos de sus fondos de jubilación, no podían disponer de ellos, en ninguna circunstancia, tanto en los sistemas público como en el privado; tampoco por la rigidez de los años mínimos de cotización (20 años), podían acceder a una jubilación  quienes no cumplían con este vital requisito, además de la edad (65 años).

Por la bicefalia que existe en el sector público respecto a la administración de personal (Ejecutivo y Legislativo), es obvio que se haya generado una competencia entre  los dos únicos sistemas previsionales existentes en el mercado: La ONP y las AFPs, buscando captar la mayor cantidad de adherentes (La ONP), y con ello hacer justicia a miles de ciudadanos que por años estuvieron impedidos de afiliarse para intentar alcanzar una jubilación. Sin embargo, todo cuanto haga la ONP, siempre será poco y esta ampliación de beneficios va a significar un endoso sistemático al Estado por las mayores cargas financieras que de ahí se derivarán, que no tendría por qué asumirlas, en razón de que la jubilación es un derecho que adquieren los trabajadores por las cotizaciones efectuadas a través de los descuentos por planilla.

Pero para que la incorporación de nuevos afiliados a la ONP tenga sus atractivos, faltaría incorporar a la norma un ingrediente más: la eliminación de los topes en las pensiones para que las personas con ingresos superiores a éste (s/. 893- ), puedan jubilarse sin limitación a este tope.

Todas las “reformas” del sistema público de pensiones que se han venido implementando, tienen como característica el escudo protector del Estado (Financiación), a falta de ideas para crear un sistema auto sostenible que reditúe mayores beneficios para los trabajadores. Los que diseñaron este sistema, o por desconocimiento o porque copiaron mal el modelo, idearon una pirámide financiera que no funcionó, por varias razones: 1) La no individualización del pago de los aportes desde 1992 para atrás, que impedía conocer si el fondo acumulado que tenía cada trabajador (Cotizaciones), era suficiente para financiar su propia pensión; 2) La utilización de estos recursos por parte del Estado para la ejecución de obras públicas, sin la garantía del retorno ni del capital ni de los intereses, es por eso que este sistema le será una pesada carga de por vida, hasta la desaparición del último jubilado; 3) El reducido porcentaje de los aportes (13%) jamás garantizará una pensión aceptable, por todos los años que tenga que vivir, urge un incremento a más del 20%; 4) Pero también tiempo después, por permitir la jubilación  de los trabajadores con menos de 20 años de cotización.

Vemos con agrado que la ONP ha flexibilizado el acceso a la jubilación, rebajando el mínimo de años de cotización (De 20 a 17 años), lo que está muy bien, porque permitirá que miles de trabajadores en esta condición, si es que ya no partieron al más allá, puedan ver coronados sus sueños de ser pensionistas de la ONP. Igualmente es rescatable la decisión de facilitar la afiliación  a la ONP, de los trabajadores independientes y de los emprendedores (Micro empresarios), sin más requisitos que la decisión personal. Ampliamos estos puntos:

1) Jubilación con 17 años de cotización y con préstamo previsional

Este tema nace como producto de una “competencia” entre el Ejecutivo y el Legislativo, como parte de la reforma del sistema previsional; es una iniciativa del Ejecutivo que se gestó en el gobierno del Sr. Vizcarra. Es un tema laboral que después se convirtió en un  tema social y es de larga data. La inestabilidad en los centros laborales, promovió la permanente migración  de los trabajadores de una empresa a otra, y estos periodos cortos de trabajo y al término de la vida laboral, no acumulaban el mínimo de años de cotización requeridos (20 años) para alcanzar la jubilación.

Las cotizaciones menores a los 17 años, prácticamente se diluían en el tiempo, con la consiguiente pérdida de dinero en perjuicio del trabajador.

Los años mínimos de cotización (20 años) se mantienen, y en un singular acto de extrema “generosidad”, este gobierno ha dispuesto que los que acrediten haber acumulado 17 años de cotización o más, también pueden beneficiarse con una jubilación, para el efecto el Estado se compromete a otorgarles un “préstamo previsional” por el equivalente a los tres años dejados de cotizar, hasta completar los 20 años mínimo de cotización requerido, cuyo monto les será descontado mensualmente de las futuras pensiones que habrían de percibir. En realidad no es que el Estado les vaya a otorgar aquel “préstamo previsional”, no será así, lo que ocurrirá simplemente es que validarán como 20 años a los 17 años de cotizaciones declarados, con lo que estarán dignificando el deteriorado nivel socio económico del ex trabajador.

Esta es una ventana abierta que permitirá más adelante, y por qué no ahora mismo, comprenderlos con similar beneficio a los trabajadores que tuvieran  10 años mínimos de cotización, y a los que no alcanzaron llegar hasta esta cifra, simplemente se debe proceder a devolverles su dinero.

2) Afiliación  al SNP como independientes

Con esta disposición se estaría cerrando una brecha en el sistema previsional y se estaría sembrando optimismo y mayor deseo de vivir, entre los trabajadores independientes y también entre los emprendedores, al permitírseles la afiliación facultativa al Sistema Nacional de Pensiones, vía ONP, y con ello ahuyentar al fantasma de la mendicidad que les podría haber rondado en la mente, cuando cumplieran los 65 años de edad.

En verdad que no entendemos por qué se habrían demorado tanto en emitirse esta disposición, cuando el problema estaba ahí a la vista de todos, todo era cuestión de saberla distinguir, entre otras tantas que también están a la vista, esperando su turno, para actuar en consecuencia.

El tema de la jubilación es un derecho intrínseco del ser humano que no se puede soslayar, sino que implicaba hacer del problema un abordaje frontal hasta encontrarle una solución y el asunto era tan simple que solo bastaba con normarlo para no permitir la degradación del individuo en la escala social; además el tema previsional es asumido por el propio trabajador, sin perjuicio económico para el Estado, entonces por qué no haber actuado prontamente. El asunto siendo tan simple, se ha maltratado salvajemente a la clase trabajadora, a aquella que hipoteca su tiempo a cambio de un salario; si se hubiera actuado con diligencia, es posible que varias generaciones de peruanos no tendrían por qué haber formado cola en los “comedores populares”, tampoco en los programas sociales que brinda el gobierno.

Aquí hay que agregar algo, la afiliación al sistema previsional no debe ser facultativo, sino que debe ser obligatorio, porque de propia iniciativa es difícil que el trabajador quiera desprenderse del 13% de sus ingresos.

Nuestra opinión sobre el tema previsional, siempre será la de buscar el autofinanciamiento del sistema, creándose una nueva entidad (Banco Previsional) que se constituya con personería jurídica de derecho privado, y que unifique la administración de todos los fondos previsionales; mientras este banco se consolide empresarialmente, se puede hacer un convenio con el Banco de la Nación, para que actúe como agente financiero. Se puede hacer más atractiva la pensión con tres pasos importantes: 1) Cerrar la Ley 19990, no permitiendo la incorporación de nuevos trabajadores, con lo que la ONP se irá desactivando con el correr del tiempo, 2) Con las AFPs ocurrirá lo mismo, no impidiendo la migración de los afiliados, y 3) Elevar la tasa de aportación arriba del 13%.