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CLASES PRESENCIALES EN COLEGIOS URBANOS SERÁN UN MÁXIMO DE 4 HORAS DIARIAS

Ratifica Ministerio de Educación:

El retorno a las aulas en los colegios urbanos y rurales a nivel nacional se realizará entre el 1 y el 14 de marzo del 2022, y las prestaciones del servicio educativo serán en las modalidades presencial, semipresencial y a distancia.

Así lo señala el documento normativo denominado “Disposiciones para el retorno a la presencialidad y/o semipresencialidad, así como para la prestación del servicio educativo para el año escolar 2022 en instituciones y programas educativos de la Educación Básica, ubicadas en los ámbitos urbano y rural, en el marco de la emergencia sanitaria por la covid-19”, aprobado por el Ministerio de Educación (Minedu).

El documento fue aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 531-2021-MINEDU, publicada hoy en el diario oficial El Peruano.

La norma dispone, asimismo, un máximo de 4 horas cronológicas diarias en contextos urbanos, en una primera fase, para los momentos de presencialidad, mientras que para los ámbitos rurales considera el horario regular, de acuerdo a su jornada escolar, indicó Hugo Reynaga, asesor del viceministerio de Gestión Pedagógica del Minedu

Reynaga explicó que, dado que la socialización y la retroalimentación son fundamentales para mejorar los aprendizajes, se prioriza la presencialidad progresiva, según las condiciones de las instituciones educativas.

Para los momentos de presencialidad, la institución educativa deberá programar el máximo de horas diarias permitidas, respetando los protocolos establecidos en la norma.

El servicio educativo semipresencial combina momentos de trabajo a distancia y presencial cubriendo cinco días a la semana, en un horario que se determina a partir de las características y condiciones de las instituciones educativas, para lo cual el docente debe acordar los horarios, medios de comunicación y herramientas para el trabajo a distancia con los estudiantes y sus familias.

Quioscos y cafeterías

Reynaga dijo que la norma también dispone que los quioscos, las cafeterías y los comedores escolares se mantendrán cerrados, sin brindar servicios durante la emergencia sanitaria.

En los casos de los modelos de servicio educativo con residencia, se permite el uso de comedores, respetando el aforo máximo, así como la distancia entre las sillas, las mesas, la ventilación natural adecuada, las condiciones y las medidas de bioseguridad.

En los ámbitos rurales, en la primera fase, cada estudiante consumirá los alimentos que trae desde su hogar, para lo cual se guardará una distancia física de dos metros, en un espacio abierto, con acompañamiento de un docente como parte de una hora pedagógica. En este proceso no se deben compartir alimentos ni utensilios.

Durante las clases, se debe mantener la distancia mínima de un metro en todas las direcciones del cuerpo; las puertas y ventanas deben estar abiertas para asegurar la ventilación natural adecuada, con excepción de las escuelas ubicadas en zonas con climas fríos; se debe respetar el aforo máximo establecido para cada espacio, y no se puede compartir ni intercambiar materiales ni mascarillas.

El personal directivo, en coordinación con el personal administrativo, es responsable de monitorear la condición de salud del personal y de los estudiantes con el fin de prevenir contagios.

El personal que retorne al servicio educativo con algún grado de presencialidad debe contar con las dosis de vacunación completa, según lo establecido por la autoridad sanitaria.

Asimismo, se tiene que tener en cuenta 5 condiciones básicas, según lo establece la norma: distanciamiento físico (1 metro), ventilación de los ambientes utilizados por los estudiantes, uso adecuado de las mascarillas con buena capacidad de filtración y ajuste al rostro, instalación de estaciones de lavado de manos o desinfección y señalización que orienten a los estudiantes y personal de la institución educativa en su desplazamiento en el local escolar.

En el caso de que en un aula se detecte un caso sospechoso o confirmado de covid-19, el grupo, sea en servicio educativo semipresencial o presencial que haya estado en contacto, ingresará en cuarentena por un periodo de 14 días, para luego retornar a sus actividades, descartándose que toda la institución educativa tenga que cumplir cuarentena.