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SEDACHIMBOTE SERÁ INTERVENIDA

Sunass emite informe en el que recomienda que sea intervenida por OTASS:

  • Informe considera que empresa paramunicipal tiene causales para ingresar al régimen de apoyo transitorio (RAT).
  • Esto significa que OTASS asume l.a conducción de la gerencia, del directorio y de la junta empresarial hasta reflotarla.

La Superintendencia Nacional de Servicio de Saneamiento (SUNASS) determinó después de evaluar a veintiocho empresas prestadoras de servicio de saneamiento, que veinticinco de ellas tienen causales para ingresar al régimen de apoyo transitorio (RAT) y dentro de esas veinticinco; se encuentra Seda Chimbote.

Según la resolución Nº 080-2021-SUNASS-CD de fecha 23 de diciembre del 2021 y firmada por Iván Lucich Larrauri, Presidente Ejecutivo, aprobó el informe final Nº 023-2021-SUNASS-DF y lo remite al organismo técnico de la administración de servicios de saneamiento (OTASS) y al ministerio de vivienda, construcción y saneamiento.

En dicha resolución, da cuenta que el informe final de evaluación Nº 023, que contiene la evaluación para el ingreso de apoyo transitorio, se han evaluado de veintiocho empresas; y de la cuales veinticinco tienen causales para ingresar al RAT.

Dentro de estas empresas, se encuentra Seda Chimbote S.A.; así como también Seda Live S.A., Seda Cusco S.A, EPS Chavín S.A., EPS Seda Juliaca S.A., entre otros.

El RAT es un régimen de gestión, a cargo del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (Otass), que tiene por objeto mejorar la eficiencia de las empresas prestadoras públicas y sus condiciones al momento de prestar los servicios de saneamiento.

En ese sentido, el análisis efectuado por la Sunass evalúa tres aspectos que pueden constituir causales de ingreso al RAT: solvencia económica-financiera, sostenibilidad de la gestión empresarial y sostenibilidad en la prestación de los servicios de saneamiento.

Las 28 empresas prestadoras fueron evaluadas en base a información correspondiente a su desempeño durante los últimos tres años (2018-2020). Así, la Sunass determinó que 18 de ellas incurrieron en una causal para ingresar al RAT, 6 en dos causales, 1 en tres causales; mientras que 3 empresas no incurrieron en ninguna causal que motivara su recomendación de ingreso al régimen.

La Sunass, como organismo regulador, tiene la competencia de evaluar anualmente a las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal y recomendar su ingreso al RAT, asimismo, cada 3 años evalúa a aquellas que están en dicho régimen, para determinar y recomendar su continuidad o no dentro del régimen. Sin embargo, es el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (Otass) el que decide finalmente el ingreso, salida o continuidad de las empresas prestadoras en el RAT y el ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ratifica la decisión en su calidad de ente rector.

Actualmente, 19 empresas prestadoras de servicios de saneamiento se encuentran en este régimen. El 2021, correspondió evaluar la continuidad en el RAT de 3 de estas empresas, donde se determinó que la EPS Moquegua, tras 6 años de haber ingresado al RAT, ya no presentaría ninguna causal para su continuidad dentro del régimen, al haber regularizado los aspectos relacionados a la sostenibilidad de la gestión empresarial.