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RECHAZAN HABEAS CORPUS DE EX ALCALDESA

  • Segunda Sala Penal declaró infundado recurso de Victoria Espinoza y sostiene que condena está debidamente motivada y conforme a ley.
  • Por otro lado, Fiscalía Superior se desistió de apelación y se confirmó prescripción de acción penal en contra de empresario chileno, Emilio Rivas Gay.

La Segunda Sala Penal de la Corte de Justicia del Santa declaró infundado el recurso de apelación interpuesta por la ex alcaldesa de Chimbote, Víctor Espinoza García, contra la resolución de primera instancia que le denegó un habeas corpus con el que pretende anular la condena en su contra por el “caso semáforos”.

Fueron los magistrados Daniel Vásquez Cárdenas, Mardelí Carrasco Rosas y Carlos Castro Rodríguez quienes desestimó el recurso impugnatorio de la exalcaldesa Victoria Espinoza García, quien fue representado por el abogado Duberlí Rodríguez, expresidente del Poder Judicial.

Este recurso de apelación se presentó luego que el Juez de Investigación Preparatoria Javier Carrión Basauri declarara infundado el habeas corpus que busca anular la condena de 4 años de cárcel que se dictó contra Victoria Espinoza.

Si la exalcaldesa logra que se anule este fallo judicial mediante el habeas corpus, automáticamente quedará liberada de toda acción penal en su contra porque los plazos para seguir juzgándola, ya prescribieron.

PRONUNCIAMIENTO DE LA SALA PENAL

En su resolución, los jueces superiores actuando como jueces constitucionales de alzada, descartaron que los jueces que condenaron y confirmaron la condena contra Victoria Espinoza y otros por el caso semáforo, hayan infringido el principio de legalidad.

“Los demandantes (jueces) han precisado en sus sentencias el sustento fáctico por el que la recurrente (Victoria Espinoza) como titular de la entidad, ejecutó actos funcionales relacionados al proceso cuestionado, lo que terminaron favoreciendo la contratación direccionada para favorecer al extraneus” señalaron los magistrados.

También se menciona la existencia de trece indicios directos que advierten irregularidades en el proceso de selección, lo cual fue debidamente motivado y sustentado en las sentencias condenatorias, ahora cuestionadas.