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PRECISAN PROCEDIMIENTO DE TRANSFERENCIA DE GESTIÓN DE GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES 

Con 18 votos a favor (unanimidad), la Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Regionales y Modernización de la Gestión del Estado aprobó el dictamen recaído en el Proyecto de Ley 2412/2021-CR que, con texto sustitutorio, precisa el procedimiento de transferencia de la gestión administrativa de gobiernos regionales y locales.

Durante su exposición, la presidenta de ese grupo de trabajo, Diana Gonzales (Avanza País), indicó que la Ley 30204, que regula la transferencia de la gestión administrativa de gobiernos regionales y locales, señala en su artículo 4 que el proceso de transferencia culmina con la suscripción del acta de transferencia, a más tardar dos días hábiles antes de la instalación de la nueva autoridad.

Sobre ello, Gonzales manifestó que este mandato genera un grave problema a la autoridad entrante, ya que no tiene acceso a la información sobre los actos de gestión realizados durante los dos últimos días de gestión. Por tal motivo, manifestó que la iniciativa propone eliminar el plazo indicado y que el proceso se regule conforme lo establezca la Contraloría General de la República.

El texto sustitutorio plantea modificar los artículos 3, 4, 12 y el literal b) del artículo 5 de la Ley 30204, que regula la transferencia de la gestión administrativa de gobiernos regionales y locales.

“La transferencia de gestión que se ha realizado en 26 gobiernos regionales, 196 municipalidades provinciales y 1695 municipalidades distritales luego de los procesos electorales 2014, 2018 y 2022 han permitido verificar algunos puntos de mejora en la ley incluido el problema referido a la fecha de transferencia”, sostuvo Gonzáles.