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Consejo Ejecutivo autoriza distribución de 45 expedientes a Juzgado Colegiado Transitorio

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Mediante Resolución Administrativa N. 00485-2023-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha dispuesto que se redistribuyan de manera aleatoria 45 expedientes del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Permanente al Juzgado Penal Colegiado Conformado Itinerante Transitorio del Distrito Judicial del Santa.

La referida Resolución se publicó el último sábado en el Diario Oficial El Peruano y señala que, la Corte Superior de Justicia del Santa solicitó redistribuir esos 45 expedientes después de haber realizado la evaluación por parte de la unidad de equipo técnico institucional del Código Procesal Penal, que elaboraron el informe N. 00187-2023-MYE-ST-UETI-CPPPJ.

En los considerandos de esta Resolución se señala que una medida administrativa similar se dictó a través de la Resolución Administrativa N. 2016-2022-CE-PJ, con resultados favorables para el servicio de administración de justicia, subrayando que resulta pertinente replicar las medidas administrativas ejecutadas, porque el análisis cuantitativo y cualitativo ha permitido demostrar que resulta viable la propuesta de redistribuir expedientes del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Permanente, porque el Juzgado Penal Colegiado Conformado Itinerante cuenta con una carga mínima pendiente de tramitar.

Indica la referida Resolución Administrativa que, los expedientes a redistribuir en los procesos de juzgamiento son los que aún no hayan iniciado juicio oral, priorizando, cuya fecha de programación sea la más lejana, con la finalidad de evitar el quiebre de los procesos en trámite, puesto que será culminado por el Órgano Jurisdiccional de origen.

También señala la norma que, los expedientes autorizados para la redistribución, deberán ser remitidos con todos sus cuadernos, anexos y cargo de notificación completos debidamente cosidos, foliados en números, con todos sus escritos proveídos. Los expedientes que no cumplan tales requisitos no serán objeto de redistribución.

Del mismo modo, exhorta a la administración del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia del Santa que, cualquier solicitud y/o requerimiento que involucre medidas administrativas de los órganos jurisdiccionales del programa presupuestal N. 0086, deberán estar alineados a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N. 262-2018-CE-PJ.

Finalmente, se dispone que la Corte del Santa y la gerencia de informática del Poder Judicial deben realizar las adaptaciones en el Sistema Integrado Judicial para el ingreso de los expedientes según lo especificado.