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Tres funcionarios del municipio de conchucos favorecieron consorcio que no tenía experiencia y oferta desventajosa

• Informe de Contraloría recomienda a Procurador Anticorrupción hacer denuncias penales respectivas.

• Se trata de una obra de saneamiento de 11 millones de soles para cuatro pueblos de Conchucos.

Tres funcionarios de la Municipalidad Distrital de Conchucos se encuentran con responsabilidad penal, tras habérsele hallado responsables en hechos de presunta irregularidad, quienes deberán responder ante la Procuraduría por los hechos cometidos, en un periodo evaluado desde el 04 de agosto al 15 de setiembre del año 2022.

Según el Informe de Control Específico N° 046-2023-2-0341-SCE, la Contraloría advierte que el Comité de selección de la Municipalidad Distrital de Conchucos estableció en las bases del procedimiento, límites porcentuales a los componentes de la oferta económica; pese a no estar contempladas en la normativa vigente.

Posteriormente, dicha condición fue empleada para no admitir ofertas que si cumplían con las condiciones y que económicamente resultaban más ventajosas; para luego otorgar la buena pro a único postor; con quien se perfeccionó el contrato a pesar de no acreditar haber cumplido con los requisitos establecidos.

El hecho presuntamente irregular ha ocasionado que la entidad pierda contratar con mejores condiciones económicas por S/. 461,978.40 soles en la obra relacionada con la “Instalación del sistema de agua integral de agua potable y alcantarillado de los caseríos de Quirobamba, Maraypampa, Cedro y Monte Grande”.

Según el Informe de Contraloría, Ander Poly Acero Saavedra; gerente municipal de la Municipalidad de Conchucos, aprobó el expediente técnico del saldo del proyecto mencionado, en un plazo de 240 días calendarios con un valor referencial de S/. 11’255,829.47.

Además, el Comité de selección de la obra mencionada otorgó la buena pro al Consorcio Grupo Saneamiento; con quien perfeccionaron el contrato para ser el único postor, pese a no cumplir con la experiencia requerida y; teniendo tres postores que presentaban la documentación acorde y obligatoria.

Por otro lado, el Comité de Selección estuvo conformado por Juan David Ramos Zevallos; Subgerente de Abastecimiento y Control Patrimonial como presidente, César Manuel Vargas López; Gerente de Desarrollo e Infraestructura Urbano y Rural como Primer miembro y Henry Robert Espino Delgado; Especialista externo como segundo miembro.

Del mismo modo, se señaló a John Robert Moscol Aldana; Gerente municipal de la entidad como el conductor del proceso de selección de licitación pública.

Según obra en el documento, dicho comité habría dejado de lado las ofertas de Consorcio X-TRA-SA, quien ofertó por S/. 11’255,092.02; Consorcio Virgen de Huata por S/. 10’764,488.04 y Consorcio Conchucos ofertaba por S/. 11’255,829.47.

Los implicados en acciones penales son: Juan David Ramos Zevallos; subgerente de Abastecimiento y Control Patrimonial; además de ser Presidente del comité de selección, por no haber observado en la etapa de revisión de los requisitos para el perfeccionamiento del Contrato; presentada por el Consorcio Grupo Saneamiento, la cual contenía la documentación para el perfeccionamiento del contrato; donde debía acreditar al Ing. Sergio Franco Valentino Mejía Cabrera como especialidad de calidad.

Asimismo, por haber elaborado las bases de la adjudicación simplificada derivada de la licitación pública y, también suscribió la solicitud y aprobación de bases o solicitud de expresión y haberlo derivado al gerente municipal.

Por otro lado, César Manuel Vargas López, quien, en su condición de primer miembro del comité de selección, por haber elaborado las bases de la Adjudicación Simplificada, derivada de la licitación pública, a través del Acta de conformidad de proyecto de bases o solicitud de expresión, además, por haber otorgado el plazo correspondiente a los postores para la subsanación de sus ofertas.

Henry Robert Espino Delgado; en su condición de segundo miembro del Comité de Selección, por no haber otorgado el plazo correspondiente a los postores para la subsanación de sus ofertas. Del mismo modo, suscribió el Acta de Apertura Electrónica de Propuestas, Calificación, Evaluación y Otorgamiento de la buena pro, Adjudicación Simplificada, derivada de la licitación Pública.

Ante lo expuesto, el titular de la Municipalidad Distrital de Conchucos deberá realizar acciones con respecto a los funcionarios de la gestión, a fin de deslindar las responsabilidades correspondientes, las mismas que deberán ser comunicadas al Procurador Público.