Editorial

¿Desconocimiento o mala gestión legal?

Invasión de área verde:

Más claro, ni el agua. De acuerdo con el Art. 6 de la Ley N° 31199, Ley de Gestión y Protección de Espacios de Uso Públicos, el área verde  que viene ocupando ilegalmente el restaurant Rico Chimbote en la esquina de las avenidas Brasil y Anchoveta de urbanización Santa Cristina, es un predio  de propiedad del Estado, es decir un bien afectado en uso a favor de la municipalidad distrital de Nuevo Chimbote.

En virtud de este mandato legal, la Municipalidad distrital de Nuevo Chimbote está en la obligación  no solo de “ejercer las funciones de supervisión  de esta área”, sino también de recuperar estos espacios públicos en caso de ser  ocupados por terceros, debiendo esta recuperación ejecutarse en forma inmediata al amparo de un mandato extrajudicial conforme lo establece la Ley 30230, Ley de recuperación de bienes del estado. Nadie, en efecto, puede irrogarse la propiedad de estos espacios públicos que además, por encima de cualquier otra consideración,   están consagrados al servicio de la comunidad y no de nadie en particular.

Así de clara y tajante es la respuesta que la Sub Directora de Normas y Capacitación  de la Superintendencia de Bienes Nacionales (SBN),  Claudia Pantoja Mego,  ha enviado a la procuradora de la municipalidad distrital de Nuevo Chimbote, Ayli Luciano Loyola, ante la consulta  planteada por la funcionaria municipal con relación a la ocupación ilegal en la que desea mantenerse el propietario del restaurant Rico Chimbote.

Extrañamente, en el documento de consulta elevado a la SBN, no se sabe porque razón la procuradora de Nuevo Chimbote ha omitido mencionar que, precisamente ha pedido suyo, el caso ha sido judicializado ante la Corte Superior de Justicia del Santa  con lo cual, a decir de expertos en derecho civil, se estaría adelantando a favor del infractor el  codiciado beneficio de la duda.

Esta actitud solo puede llevarnos a plantear algunas inevitables interrogantes: ¿Para qué consultar algo que ya está plenamente establecido y sancionado por mandato de las 31199 y 30230?. ¿Puede una funcionaria municipal poner en duda o hacer tabla rasa de estas disposiciones legales?.  ¿Necesariamente tiene que ser la Corte Superior de Justicia del Santa  el órgano jurisdiccional que  resuelva los problemas que son competencia  orgánica y funcional de la municipalidad distrital de Nuevo Chimbote?.

En un pronunciamiento  al que se ha adherido  la ciudadanía, la Asociación de Moradores del la Urbanización  Santa Cristina, que viene luchando solitariamente contra esta ocupación ilegal,  ha solicitado públicamente  a la procuradora de Nuevo Chimbote que se desista de la demanda planteada ante el Poder Judicial y sea ella, con toda la autoridad  de la que está investida, quien acate y ejecute el mandato extra judicial de desalojo. No hay por qué darle tantas vueltas al asunto. Todo está lo suficientemente  claro.

Lo único que en todo caso quedaría por aclarar es si detrás de todo esto hay un desconocimiento o una deliberada mala gestión legal. Treinta años sin salir del hoyo dice mucho de la incapacidad y desgano con el que la comuna de Nuevo Chimbote viene enfrentando este caso. ¿Pasarán treinta años más? .