La Corte Suprema de Justicia del Perú declaró ilegal la prohibición de tercerizar actividades que forman parte del núcleo de una empresa, medida que había sido establecida por el Decreto Supremo N.° 001-2022-TR. Con este fallo, se deja sin efecto una disposición que, según el sector empresarial, generó incertidumbre y afectó la dinámica del empleo formal.
El Decreto Supremo N.° 001-2022-TR, emitido en 2022, modificó el reglamento de la Ley de Tercerización Laboral al establecer que las empresas no podían tercerizar las actividades que forman parte de su núcleo del negocio, es decir, aquellas que generan el valor principal y resultan esenciales para su operación. La norma buscaba limitar el uso de este esquema en funciones consideradas centrales.
En ese marco, el decreto dispuso que la tercerización solo podía aplicarse a actividades complementarias o especializadas, obligando a muchas empresas a internalizar trabajadores que realizaban labores vinculadas directamente a su actividad principal. Sin embargo, la definición de “núcleo del negocio” fue considerada ambigua, lo que generó distintas interpretaciones y dificultades en su aplicación.
La medida fue cuestionada por sectores empresariales, que advirtieron sobre un impacto en la inversión, el empleo formal y los costos laborales, mientras que desde el ámbito laboral se defendía como un mecanismo para evitar la precarización.
Este contexto de controversia derivó finalmente en la reciente decisión de la Corte Suprema de Justicia del Perú, que declaró ilegal dicha restricción.
Industria dice que vuelve la predictibibilidad
A través de un comunicado, la Sociedad Nacional de Industrias (SNI) saludó la decisión judicial al considerar que corrige una medida que “afectaba gravemente la competitividad y el empleo formal”, además de establecer un precedente sobre los límites del Ejecutivo al regular derechos laborales mediante decretos.
El gremio sostuvo que la norma anulada había frenado inversiones y puesto en riesgo miles de puestos de trabajo en sectores clave de la economía. En esa línea, indicaron que la sentencia devuelve “predictibilidad” a las empresas y fortalece la confianza de los inversionistas.
La SNI también remarcó que la tercerización es una herramienta ampliamente utilizada a nivel global, que permite mejorar la eficiencia, la especialización y la generación de empleo. En ese sentido, subrayó que el proceso judicial que impulsaron no solo respondía a una controversia legal, sino a la defensa del empleo formal en el país.

