La denuncia formulada por una ciudadana de la provincia de Casma, quien asegura que su firma y huella digital habrían sido falsificadas para incluirla como candidata a regidora en una lista electoral sin su consentimiento, constituye un hecho de extrema gravedad que no puede ser minimizado ni tratado como una simple discrepancia interna de carácter político. Por el contrario, se trata de un asunto que compromete principios fundamentales de la democracia, la legalidad y la transparencia que deben regir todo proceso electoral.
La participación en una candidatura es un acto estrictamente voluntario. Ninguna persona puede ser incorporada en una lista electoral sin haber expresado previamente y de manera fehaciente su consentimiento. Precisamente por ello, la normativa electoral exige la presentación de documentos suscritos por cada candidato, los cuales acreditan su aceptación y responsabilidad frente a la postulación. Si una ciudadana sostiene que nunca firmó tales documentos y que tampoco autorizó el uso de sus datos personales para integrar una lista, corresponde que las autoridades competentes investiguen el caso con la mayor diligencia y celeridad.
Más preocupante aún resulta la denuncia de que existiría una declaración jurada con una firma y una huella que no le pertenecerían. De comprobarse esta afirmación, estaríamos frente a una presunta falsificación documental, conducta que trasciende el ámbito electoral y podría configurar responsabilidades de naturaleza penal. La falsificación de documentos destinados a sustentar una candidatura no solo afecta a la persona agraviada, sino que también pone en cuestión la legitimidad de todo el proceso de inscripción de la organización política involucrada.
En este escenario, el papel del Jurado Electoral Especial del Santa resulta determinante. La entidad tiene la responsabilidad de actuar con absoluta imparcialidad, evaluar toda la documentación presentada por ambas partes y verificar la autenticidad de las firmas, huellas y demás elementos que forman parte del expediente. Para ello existen mecanismos técnicos y periciales que permiten esclarecer los hechos y determinar si efectivamente se produjo una irregularidad.
La ciudadanía espera que este caso sea resuelto con transparencia y dentro de los plazos que exige el cronograma electoral. No se trata únicamente de proteger los derechos de una persona que afirma haber sido incluida indebidamente en una candidatura, sino también de garantizar que quienes aspiran a ejercer cargos públicos respeten las reglas democráticas desde el inicio de su participación política.
Las elecciones son la máxima expresión de la voluntad popular y, por tanto, deben estar libres de cualquier sombra de duda. Cuando aparecen denuncias de esta naturaleza, la mejor respuesta institucional es una investigación exhaustiva que permita conocer la verdad. Si la denuncia carece de sustento, ello deberá quedar claramente establecido. Pero si se comprueba la falsificación denunciada, las sanciones correspondientes deben aplicarse con todo el rigor de la ley.
La confianza ciudadana en el sistema electoral depende precisamente de que situaciones como esta sean esclarecidas oportunamente. Hoy la palabra la tiene el Jurado Electoral Especial del Santa, cuya decisión deberá estar sustentada en pruebas y en el estricto cumplimiento de la ley, preservando así la transparencia y credibilidad del proceso electoral en Casma.

