Opinión

¿Cuánto cuesta la conciencia de un juez o un fiscal?

Por : Walter Miguel Quito Revello

Mientras millones de peruanos sobreviven con ingresos  modestos, el Estado concede bonificaciones de miles de soles a  fiscales titulares. La pregunta no es si merecen ganar  dignamente, sino si el dinero puede convertirse en una garantía de honestidad.

En el Perú, muchas familias viven con ingresos cercanos a S/ 1,200 mensuales. Con ese dinero deben alimentar a sus hijos, pagar los servicios básicos, afrontar los gastos de educación y procurar que el presupuesto alcance hasta fin de mes. A pesar de esas dificultades, millones de ciudadanos trabajan honestamente, cumplen sus obligaciones y se niegan a obtener ventajas mediante la corrupción.

No reciben bonos especiales para no robar. Nadie les ofrece una bonificación extraordinaria para que cumplan la ley. Se espera de ellos una conducta honesta porque la integridad es un deber moral y social.

¿Por qué, entonces, cuando hablamos de quienes administran justicia, parece que la remuneración elevada se convierte en una condición indispensable para garantizar su independencia y reducir el riesgo de corrupción?

La Ley Nº 32432 estableció una bonificación adicional mensual para los fiscales titulares del Ministerio Público, con montos diferenciados según la categoría. Tomando como referencia una UISP de S/ 2,600, los importes son los siguientes:  Fiscal adjunto provincial titular: S/ 4,680 mensuales; Fiscal provincial titular y fiscal adjunto superior titular: S/ 7,254 mensuales; Fiscal superior titular y fiscal adjunto supremo titular: S/ 9,360 mensuales. Se trata de una bonificación adicional, no del ingreso total del fiscal. Tampoco debe confundirse a los fiscales titulares con todos los fiscales provisionales o con quienes ocupan temporalmente una plaza superior.

Para dimensionar la diferencia, tomemos como referencia un trabajador que percibe S/ 1,200 mensuales y un fiscal adjunto provincial titular cuyo haber mensual de referencia es S/ 9,286.88. Al agregar la bonificación de S/ 4,680, la suma asciende a S/ 13,966.88, sin incluir otros conceptos que pudieran corresponder ni eventuales modificaciones posteriores de la escala.

Es decir, esa suma equivale aproximadamente a 11.6 veces el ingreso mensual de un trabajador que gana S/ 1,200, si es que lo gana. Y estamos comparando ese ingreso de referencia con un fiscal de la categoría titular más baja de la escala utilizada en este ejemplo, no con los fiscales de mayor jerarquía. La diferencia es considerable y merece una explicación pública. No porque todas las personas deban ganar lo mismo, sino porque los recursos que financian estos beneficios provienen del presupuesto del Estado y, en última instancia, de la sociedad.

Hay un argumento legítimo a favor de pagar bien a jueces y fiscales. Sus decisiones pueden afectar la libertad, el patrimonio y los derechos fundamentales de las personas. Necesitamos profesionales competentes, seleccionados por mérito, protegidos frente a presiones económicas y con estabilidad para actuar sin temor a represalias. Una remuneración adecuada puede contribuir a esas condiciones. Sería injusto negar que el trabajo de administrar justicia exige preparación, responsabilidad y garantías especiales. Pero reconocer esa necesidad no significa aceptar cualquier incremento ni convertir el salario en una garantía moral. Una cosa es pagar dignamente para que un magistrado ejerza su función con independencia; otra muy distinta es transmitir la idea de que necesita ganar cada vez más para no ser corrupto.

El trabajador que gana S/ 1,200 también enfrenta deudas, necesidades familiares y dificultades económicas. Sin embargo, no por ello tiene derecho a apropiarse de lo ajeno. La precariedad no convierte la corrupción en algo legítimo, del mismo modo que un sueldo elevado no convierte automáticamente a nadie en una persona honesta. La conciencia no se compra. La probidad no se alquila. La justicia no puede depender del precio que el Estado esté dispuesto a pagar.

Que los jueces y fiscales reclamen condiciones económicas equivalentes puede responder a razones institucionales. Sin embargo, cuando el Congreso aprueba beneficios para quienes deben investigar delitos, perseguir la corrupción y actuar con autonomía, es legítimo examinar quién impulsa esas decisiones, cómo se justifican y qué garantías existen contra cualquier forma de presión.

Mientras una familia hace esfuerzos para sobrevivir con S/ 1,200 mensuales, el Estado tiene el deber de justificar con rigor cada beneficio adicional que concede a sus funcionarios. Esa exigencia no nace de la envidia ni de la pretensión de que todos ganen igual. Nace de un principio democrático elemental: “el dinero público debe administrarse en función del interés público, no de los privilegios de determinados sectores” A los jueces y fiscales no debemos exigirles que sean honestos porque ganan mucho. Debemos exigirles honestidad porque tienen una responsabilidad extraordinaria ante la sociedad. Y cuanto mayor es el poder que se les confía, mayor debe ser su conciencia sobre las consecuencias de sus decisiones.

La pregunta final no es cuánto más debemos pagar para que un magistrado sea honesto. Es si estamos construyendo instituciones en las que la integridad sea un deber irrenunciable, la independencia esté protegida y los recursos públicos se utilicen con justicia. “Porque cuando llegamos a pensar que la conciencia de quienes administran justicia necesita comprarse con dinero público, el problema ya no es solamente salarial: es un problema ético e institucional que el país debe afrontar”.