Editorial

Editorial: ::: INCOHERENCIA JUDICIAL :::

Hace algunas semanas el obispo de la ciudad mostró su pública contrariedad con la condena que se le impuso al suspendido Gobernador regional Enrique Vargas Barrenechea señalando que le parecía desproporcionada teniendo en cuenta que existen muchos congresistas que cometen delitos similares o peores y no les sucede nada.

De la misma manera, hay muchas personas que han mostrado su extrañeza por las diferencias en el tratamiento judicial a quienes infringen la ley penal, como el caso de los escaperos que roban un teléfono celular y los envían doce o quince años a la cárcel mientras que a sujetos que roban en las dependencias públicas les aplican penas menores.

Uno de los hechos que ha causado polémica en los últimos días es la decisión del Juzgado penal anticorrupción que ha dictado nueve meses de prisión a un efectivo de la Policía de Transito que es acusado de haber exigido el pago de 10 soles a un chofer para no multarlo por haberse pasado la luz roja.

La petición la formuló la Fiscalía que sustentó su posición en las imágenes de la cámara de seguridad que grabó el momento mismo de la intervención que hizo el Sub Oficial Luis Alberto Solom Bocanegra al chofer Carlos Tolentino Domínguez por haber cometido infracción al reglamento general de tránsito.

El chofer denunció el hecho porque el policía lo hizo bajar de su vehículo y cuando simulaba que escribía en su tablilla de papeleteas le dijo que le entregue diez soles para dejar sin efecto la multa, lo cual se confirma con los desplazamientos de aquellos en las imágenes que captaron las cámara de seguridad.

La filmación es una prueba clave que demuestra que existe la intención del efectivo policial de hacer un arreglo subrepticio porque si quería aplicarle la papeleta por infracción al reglamento de tránsito lo pudo haber hecho en el mismo vehículo tras solicitarle los documentos, como suele procederse, empero, el hecho de llevarlo a unos metros al chofer es porque evidentemente quería sacar provecho de su posición.

Sin embargo, muchos consideran que por exigir solo 10 soles no ameritaba que lo encierren en la cárcel, un concepto totalmente equivocado y que, infortunadamente, sustenta los muchos actos de corrupción que se registran en todas las actividades diarias en nuestra ciudad.

Pedir una coima de 10 soles es tan grave delito como aquel que exige 10 mil soles, no existe una diferencia en la cantidad, es lo mismo que una persona comercialice 10 gramos de droga que aquella que vende más de uno o diez kilos del estupefaciente, ambos tienen un castigo similar porque la responsabilidad penal y la gravedad de un delito no se mide por la cantidad o el monto del ilícito.

En este caso, no ha exagerado el magistrado cuando dispone una medida de prisión preventiva, más aun cuando todos los que son choferes han pasado por este mismo vía crucis, han sido requeridos o les han insinuado el pago de una coima para dejar sin efecto la intervención, como también hay choferes que inducen el pago de coimas y en esos casos la figura se revierte y el denunciado sería quien propuso la prebenda.

Sin embargo, cuando encontramos casos de esta naturaleza y lo comparamos con otras medidas restrictivas de jueces de la misma Corte de Justicia, entonces en ese caso se exige que el titular del pliego promueva una reunión de coordinación con todos los magistrados a efectos de llegar a ciertos consensos que no permítan que se hagan diferencias o se especule con las resoluciones judiciales.

Por ejemplo, hace solo dos días el Juez Unipersonal especializado en delitos de corrupción de funcionarios, Efer Díaz Uriarte ha adelantado los lineamientos de una sentencia en el juicio que ha seguido contra una ex funcionaria de la Sub Región Pacífico y una proveedora que se coludieron para permitir el pago millonario por servicios que no se prestaron conforme a los requerimientos y mediante adjudicaciones que se dieron sin que se cumplan los requisitos establecidos por las bases del concurso público.

Se trata del denominado “Caso Cascajal” que involucra a la ex funcionaria de la Sub Región Pacífico, Cecilia Alfaro García y la contratista “comando” Jesús Monzón Faustino, acusadas de haberse coludido en la adjudicación de dos obras de canalización en la zona de Cascajal y en cuya adjudicación se cometieron una serie de irregularidades que permiten advertir que se confabularon para aprovecharse de más de dos y medio millones de soles, hecho que fue verificado en un peritaje realizado por una profesional adscrita al Ministerio Público del Santa.

El juez ha condenado a ambas a cuatro años de pena suspendida pese a la gravedad de los hechos, pese a que se trata de personas que se han visto involucradas en otros hechos similares y que proceden de una gestión pública en la que pretendieron levantarse en peso todo el patrimonio regional.

De allí que el común de las gentes hace una sencilla comparación y no llega a entender como a un Policía que exige una coima de 10 soles lo envían tras las rejas mientras que a los “delitos de cuello y corbata”, a personas que se han coludido para beneficiarse con miles de soles con el pago de diezmos apenas si se les aplica una pena condicional, es decir que podrán cumplirla en libertad.

Se trata de un tratamiento judicial sumamente disímil e inequitativo, que no deja de llamar poderosamente la atención en razón que si bien es cierto que la aplicación de una pena está sujeta a parámetros que establece el código penal, no menos cierto es que resulta chocante que a un Policía que se birla diez soles termine en la cárcel y que aquellas que se llenaron los bolsillos en la época de la red de corrupción no pasen los mismos apuros.

De allí que sería pertinente que los propios magistrados de la Corte del Santa promuevan una suerte de plenario a efectos de ajustar criterios como lo han hecho, por ejemplo, en el caso de delitos sexuales en agravio de menores en donde están aplicando penas similares y suficientemente severas. Es evidente que hay una incoherencia judicial en la aplicación de las penas que tiene que ajustarse y equipararse para los efectos que no exista mayor suspicacia en este extremo.