Editorial

Editorial: ::: NECESARIO PRECEDENTE :::

Los ataques físicos y psicológicos en agravio de las mujeres se han incrementado de manera preocupante en los últimos años, ni siquiera las acciones de colectivos civiles que rechazan estas manifestaciones beligerantes los han detenido o por lo menos los han disminuido como se esperaba.

Por el contrario, si se revisan las estadísticas se advertirá que las acciones de violencia no solo se han quedado en los ataques verbales y físicos, sino que han llegado a los crímenes, a tal extremo que este año se ha registrado la cifra más alta en lo que se refiere a feminicidios a nivel nacional.

Por ello es que de manera permanente se ha reclamado que la acción de la justicia se haga más contundente en razón que las meras medidas de protección no generaban el efecto de resguardo que se esperaba, por lo menos, todo hace pensar que a los matones y agresores les interesa un pepino esta clase de órdenes de restricción.

Y esto se advierte en la realidad, hemos publicado “n” veces la forma como las agresiones se producen en mujeres que cuentan con sendas resolución de protección, medidas dictadas por los juzgados con la finalidad que la personas que las amenazan, generalmente las parejas o ex convivientes, no puedan acercarse a la agraviada ni siquiera a 100 metros de distancia.

Empero, los nuevos ataques, las nuevas y cobardes agresiones se producen a pesar de esas medidas de restricción. Los agresores las violan como quieren y llegan a sus victimas para seguir sometiéndolas, de allí que se hace indispensable que los magistrados asuman estas violaciones a sus decisiones como un evento gravoso.

Justamente, la semana pasada se ha tomado conocimiento que el juez José Luis Cáceres Haro, del quinto Juzgado unipersonal, ha condenado a tres años con cuatro meses de cárcel efectiva  a Brian Phillips Bocanegra al ser encontrado responsable del delito de violencia en agravio de personas integrantes del grupo familiar.

El condenado había agredido en el rostro nada menos que con un desarmador a su ex conviviente Jennifer Quintana Pesantes a pesar de estar prohibido de acercársele por existir una medida de protección en favor de la agraviada.

Los hechos de la agresión se registraron en octubre del año pasado en la casa del sentenciado a la que la ex conviviente había llegado llevando al hijo de ambos para que visite a su padre, en cumplimiento de la orden judicial que había establecido el régimen de visitas a efectos que el o los hijos departan con los dos padres.

Sin embargo, cuando la mujer llegó a la vivienda con el niño, su ex conviviente se encontraba en avanzado estado de ebriedad y en esas condiciones solo fue suficiente que la viera para que se abalance contra ella y degenere en agresión a la mujer quedando con una herida en el rostro.

A pesar que la agraviada le advirtió de no acercársele por tener medida de protección, Phillips Bocanegra no respetó el mandato judicial, se burló de la justicia a sabiendas que se había expedido una prohibición con respecto a su ex pareja, empero, desobedeció el mandato atentando contra su ex conviviente en medio del estado de ebriedad en el que se encontraba.

Como suele ocurrir, cuando se advierte el grado de violencia que había desatado, durante el desarrollo del juicio el hoy condenado había sostenido que nunca supo de la medida de protección, sin embargo, existió la notificación judicial del Juzgado de Familia que otorgó la orden de alejamiento a favor de su ex pareja entregada en su domicilio real.

Empero, en el supuesto negado que fuese cierto que no haya recibido alguna notificación de las medidas de protección del juzgado ¿Qué puede cambiar el hecho que haya agredido de manera salvaje a quien fuera su ex pareja? ¿Cómo es posible que sin dejar de ser un perfecto cobarde, ataque a la mujer que le dio un hijo con un desarmador para desfigurarle el rostro? ¿Significa algo para este sujeto y su defensa que no haya recibido una notificación de las medidas de restricción?

Es evidente que ello solo responde a una coartada con la que la defensa técnica pretendía ganar un pretexto en busca de impunidad, empero, el acto de agresión no se califica en función a una prohibición de la autoridad judicial responde únicamente a la acción  dolosa y vehemente de querer causar un daño a quien en algún momento solo le deparó amor, respecto y obediencia.

Afortunadamente, este sujeto fue detenido por las autoridades policiales cuando concretó su acto agresivo y por ello siguió la audiencia a través de videoconferencia desde el penal de Cambio Puente donde está recluido desde el mes de octubre del año pasado y deberá permanecer allí hasta que se cumpla la pena impuesta.

Los chimbotanos somos testigos a diario de la manera como los bravucones atentan contra sus compañeras o ex parejas, las persiguen y acosan, no aceptan que ellas hayan decidido poner fin a su tormento y se hayan alejado de su lado con todo el derecho de hacer una nueva vida si lo desea.

El agresor pretende que con sus matonerías y amenazas las mujeres se mantengan a su merced, por ello es que llegan a estos extremos, no les interesa que existan de por medio medidas restrictivas que han adoptado magistrados con la finalidad de poner a buen recaudo a las mujeres que, de esta manera, terminan exponiendo su vida.

De allí que frente a esta permanente osadía es imperativo que la justicia asuma respuestas más contundentes y no pueden ser otras que las sentencias firmes y categóricas, aquellas que lleven a estos abusadores a pasar temporadas tras las rejas a ver si de esta manera dejan de lado esta malsana rebeldía ante la ley.

Ojo que ya no se trata solo de castigar al matón y bravucón que, haciendo alarde de sus superioridad física, ataca a su propia pareja o ex pareja, sino que se castiga además al atrevido y temerario que no respeta el mandato de la justicia cuando ha establecido prohibición y medidas restrictivas en su contra, de allí que muchos consideramos que la pena impuesta en este caso debería incrementarse pero aun así queda como un necesario precedente frente a hechos reiterativos y repudiables en agravio de las mujeres.