Editorial

Editorial: ::: DEPENDE DEL ELECTOR :::

Frente a una consulta elevada por un Jurado Electoral Especial de Ica, el pleno del Jurado Nacional de Elecciones se vio precisado a pronunciarse respecto a la posibilidad de candidatear de los ex congresistas que han sido disueltos el pasado 30 de septiembre, entregando a la comunidad una respuesta positiva.

La decisión del organismo electoral consideró que la regla establecida en el artículo 90-A de la Constitución Política no se puede aplicar al presente proceso electoral por su naturaleza extraordinaria.

Los magistrados del JNE sostuvieron un amplio y profundo debate en el que se revisó de manera técnica los alcances de la normatividad constitucional y la legislación electoral, lo que no obsta que se tenga en cuenta lo que sucede en la calle, en el entorno de quienes son protagonistas del evento electoral.

De esta manera, el JNE respondió a la brevedad la consulta efectuada por dicho organismo de primera instancia en materia de justicia electoral, que se encontraba facultada para realizar requerimientos jurisdiccionales de carácter genérico sobre los comicios, de acuerdo con la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones.

Los JEE instalados deben considerar lo resuelto por el supremo tribunal electoral al momento de calificar las solicitudes de inscripción de listas de candidatos, cuyo plazo de presentación por los partidos políticos venció el pasado lunes 18 de noviembre de acuerdo al cronograma electoral.

El Pleno del JNE es un órgano plural compuesto por representantes de diversas instancias jurisdiccionales y académicas, lo cual es garantía de su objetividad e imparcialidad, sin embargo, a pesar que esto está claro para la mayoría, existe un grupo de gente que la emprendió con críticas y cuestionamientos al máximo organismo electoral por el hecho de haber autorizado las candidaturas de quienes han sido expectorados del recinto parlamentario por su mal accionar.

El máximo organismo electoral lo que ha hecho es calificar y analizar la normatividad relacionada con la convocatoria electoral y han llegado a la conclusión que estas elecciones parlamentarias no estaban previstas o programadas antes de iniciarse el año, consecuentemente, no pueden representar los requisitos que señala la norma.

No puede ser tan lacerante para un sector de la población la postulación de políticos o profesionales que si han destacado en el congreso disuelto, negar esta premisa sería como cerrar cualquier canal de comunicación para resolver los problemas.

Si los que hoy fustigan a los miembros del Jurado Electoral por autorizar las postulaciones de quienes han sido disueltos, habría que decirle que pese a las campañas demoledoras en su contra existen congresistas que eran rescatables en la conformación anterior del congreso.

Negarles la posibilidad de presentar su oferta electoral sería como aplicar las reglas “manu militari” a las personas, sería como un abuso y un exceso, equivale a cercenar a las personas el derecho de elegir y ser elegidos, que es la esencia de la democracia.

Si alguna persona que tiene aspiraciones políticas será rechazada por un colectivo, eso tiene que ocurrir en las urnas, no puede trasladarse a un plano de confrontaciones de grupos porque eso ya no es democracia.

Aun cuando no sería las elecciones parlamentarias un  evento extraordinario que no está considerado en el cronograma del organismo electoral, las candidaturas de los congresistas disueltos no tendrían que ser prohibidas, por el contrario, si alguien tiene que castigar a quienes se aprovecharon de la condición  que ostentaban para traicionar al pueblo que los eligió, son precisamente los ciudadanos que ejercen el derecho de sufragio.

Ha hecho bien el Jurado Nacional de Elecciones al habilitar la candidatura de los congresistas disueltos, pues es el pueblo el que tiene ahora la oportunidad de castigarlos y ello lo harán en las urnas, no hay otro lugar más idóneo.