Declaró infundada apelación de peticionante:
Pedro Carranza López, alcalde del distrito de Nepeña, respira más tranquilo tras el pronunciamiento del Jurado Nacional de Elecciones respecto del acuerdo de concejo que en junio del año pasado resolvió declarar improcedente la solicitud de su vacancia de su cargo.
Con Resolución 373-2021 del JNE y recién publicado el miércoles 26 de abril el máximo tribunal electoral resolvió declarar infundado la apelación del solicitante de la vacancia del alcalde, Fidel Alfredo Chinchay Moreno.
Este había planteado el pedido de vacancia sosteniendo que el burgomaestre había dispuesto asfaltar la ribera del río solivin en San Jacinto y que conduce al cementerio y que lo hacía de manera interesada porque conduce a la cantera de una sobrina.
También por la obra de mejoramiento de la transitabilidad peatonal del pasaje La Huaca en San Jacinto por un monto de inversión de 266 mil soles sin considerar que es un centro arqueológico y cuyos vecinos son posesionarios de manera clandestina e ilegal, así sostuvo el solicitante de la vacancia.
Es así que luego el 25 de junio del año pasado se llevó a cabo la sesión de concejo en la que el pleno, por mayoría de 4 votos contra 2, se declaró improcedente la solicitud de vacancia. La mayoría voto en contra debido a que el solicitante no presentó documentación legítima que acredite sus afirmaciones.
El acuerdo fue elevado por apelación al JNE y el pasado 15 de marzo se llevó a cabo la audiencia pública virtual en la que el abogado Yen Lord Castro Aguilar realizó la defensa del alcalde Carranza López. El posterior pronunciamiento del ente electoral fue que no existen suficientes medios probatorios que confirmen que el alcalde de Nepeña haya intervenido en la relación contractual con las empresas contratadas para las dos obras y concluyó declarando infundado la apelación y confirmando el acuerdo de concejo.