Opinión

UNIÓN ENTRE PERSONAS DEL MISMO SEXO

Dr. Edhín Campos Barranzuela

Uno de los grandes problemas que viene afrontando la justicia en el Perú, indudablemente es la incesante violencia que se viene produciendo en los últimos tiempos contra la mujer y los integrantes del grupo familiar.

Precisamente, uno de esos casos se encuentra orientado a las graves desigualdades sociales que tenemos, pues ello origina discriminación por su condición de raza, idioma, nacionalidad, sexo, entre otros.

En tal sentido, aún existe un problema invisibilizado sin resolver y desde luego, es necesario que se le dé prioritaria atención, pese a que se encuentra dentro de los sectores denominados “las minorías”.

Con las discrepancias y la respectiva tolerancia que se debe tener, la comunidad LGTBIQ, es un grupo de seres humanos que es necesario atender sus demandas y para tal efecto es preciso empezar con la modificación de su marco normativo, a fin de asegurar el respeto de sus “derechos”.

Este anhelado proyecto por las personas con disforia de género, permite regular los efectos legales de su unión civil, con el propósito de compartir un proyecto de vida, como vivir juntos como marido y mujer y para tal efecto se deben cuidados recíprocos, apoyo mutuo y participación democrática en todas las decisiones importantes relacionadas con la convivencia en pareja.

De la misma forma, se expresa que la unión de hecho alcanza a personas mayores de 18 años, que no se encuentren casadas, ni menos tengan otra relación de hecho, no sean deudores alimentarios y además deben gozar de sus plenos derechos de ejercicios civiles.

El congresista Alejandro Cavero, autor del Proyecto de Ley, subraya que la unión civil se produce entre personas del mismo sexo, es decir varones con varones o mujeres con mujeres y se les otorga plena libertad para desarrollar su proyecto de vida y así evitar desprotección, discriminación y violencia.

Asimismo, tendrán el derecho a tomar decisiones médicas por su conviviente en caso de enfermedad, podrán percibir una pensión y percibir beneficios en caso de muerte de uno de ellos.

También, se les reconoce el derecho a tener visita íntima en los establecimientos penitenciarios, en caso uno ellos se encuentre privado de su libertad y desde luego llevarles medicina, asistencia médica y alimentos como toda pareja heterosexual lo hace en cualquier penal del país.   

El Proyecto Cavero, que desde luego será debatido oportunamente por el pleno y que contiene una serie de derechos muy sensibles para la comunidad religiosa, propone la tenencia de hijos y que los convivientes civiles sean los tutores de sus hijos menores de edad, siempre que los menores no cuenten con el otro padre.

Alejandro Cavero, ha manifestado que su propósito es buscar la verdadera igualdad ante la ley de las parejas del mismo sexo que tienen como propósito hacer vida en común y así desarrollar su proyecto de vida dentro del marco normativo.

No cabe duda, que el referido proyecto es bastante sensible a una sociedad aun conservadora; empero tiene que entender que la legislación peruana no debe mantenerse en un inmovilismo, ni tampoco en su fosilización jurídica, pues el derecho no es enyesado, no es pétreo, ni tampoco estático.

Es importante tener en cuenta, si existe género en la justicia o la justicia de género, como dijera un reconocido abogado y Vicerrector de la Universidad Bolivariana Manuel Jacques, pues en la dimensión del género, existe un modelo patriarcal que utiliza una estrategia de reproducción cultural generando como efecto un Estado de subordinación.

En tal sentido, se propone que el objetivo es contribuir con la eliminación de las barreras que impidan a las mujeres, niñas, adolescentes y a las uniones de personas del mismo sexo, a acceder a la impartición de justicia, propendiendo al reconocimiento, garantías y respeto a sus derechos fundamentales.

La justicia de género, sostiene las Naciones Unidas, tiene como propósito eliminar las desigualdades entre las mujeres y los varones, que se producen en la familia, la comunidad, el mercado y el Estado.

Diversas instituciones gubernamentales de Latinoamérica, coinciden en precisar que frente a la problemática de violencia familiar, violencia sexual, feminicidio, lesiones graves agravadas por el parentesco, trata de personas y uniones de hecho requieren de una urgente orientación jurídica, asesoría legal especializada desde un enfoque de derechos con perspectiva de género y seguimiento o acompañamiento psicológico.

No cabe duda, que para resolver los problemas que se puedan presentar con las uniones de hecho, resulta menester contar con magistrados varones y mujeres que internalicen y apliquen el enfoque de género en sus actuaciones y decisiones judiciales, para brindar un óptimo servicio de justicia.

También se debe identificar las lagunas en la legislación, las políticas y la práctica en la prestación de servicios para prevenir, la violencia a las víctimas y hacer propuestas para abordar este problema.

En tal sentido, el Proyecto de Ley de la Unión de Hecho de personas del mismo sexo, debe ser debatido por la comunidad jurídica, la opinión pública y el propio parlamento nacional, con la finalidad de incorporar como política interna el enfoque de género, como un buen indicio para construir una sociedad, más justa, más igualitaria, más inclusiva y con oportunidades para todos.