Opinión

NUEVO CONCURSO PARA JUECES Y FISCALES

Dr. Edhín Campos Barranzuela

Beneplácito ha causado en la comunidad jurídica, académica y ante la opinión pública, las recientes declaraciones de la presidenta de la Junta Nacional de Justicia Inés Tello de Ñecco, mediante el cual ha precisado que esta semana debe convocarse al primer concurso público de selección y mérito para jueces y fiscales a nivel nacional.

En efecto, la convocatoria se realizará en virtud de la publicación del Decreto de Urgencia 103-2021 que posibilita llevar adelante el concurso público y se exonera a la JNJ de una autorización previa del Ministerio de Economía.

De la misma forma, este nuevo marco normativo exceptúa al Poder Judicial y al Ministerio Público de las limitaciones en la Ley de Presupuesto del sector Público 31084 para el presente año fiscal del 2021.

También, se ha precisado que para este año, solo se puede convocar a concurso público 60 plazas de nombramiento en el Poder Judicial y 129 en el Ministerio Público, pese a que existen 1268 plazas ocupadas actualmente por jueces supernumerarios y además 4434 plazas a cargo de fiscales provisionales

Asimismo, semanas atrás la presidenta de la JNJ Inés Tello durante la presentación ante la Comisión de Justicia del Congreso, ha expresado su preocupación por la provisionalidad de jueces y fiscales e indicó que uno de los problemas radica en la Ley de Presupuesto 2021 que condiciona el nombramiento a informes técnicos presupuestales del Poder Judicial, la Fiscalía y el Ministerio de Economía.

Además ha indicado que la JNJ podría cubrir hasta el año 2025 con el nombramiento del 70% de las plazas ocupadas por magistrados provisionales, en concordancia con la asignación de los recursos presupuestales.

Es importante precisar, que dentro de este contexto el pasado 31 de agosto se publicó en el Diario Oficial El Peruano, las resoluciones Nro. 524 – 2021- JNJ y 525 – 2021 – JNJ, mediante el cual se modifican los reglamentos de concurso público de selección y nombramiento de jueces y fiscales de ascenso y de acceso abierto.

En efecto, ambas resoluciones aprobadas por esta institución de justicia, se realiza después de la reunión que sostuviera la presidenta del Poder Judicial Dra. Elvia Barrios Alvarado con los integrantes de la Comisión Permanente de Selección y Nombramiento de la Junta Nacional de Justicia.

Es importante precisar, que la mencionada cita se realizó en un contexto, mediante el cual hacía poco más de cinco meses, se habían publicado los dos Reglamentos Nro. 046 y 047-2021-JNJ, para el acceso de selección y nombramiento de jueces y fiscales titulares de todos los niveles, así como también el reglamento de ascenso.

Ahora se trata de la modificatoria de ambos reglamentos, con la finalidad de reformar la tabla de puntajes para la evaluación curricular de los postulantes. Según se ha establecido, el procedimiento de selección se realizará por etapas y son las siguientes:

1. Evaluación de conocimientos.

2. Evaluación curricular.

3. Estudio, análisis y resolución de un caso.

4. Entrevista personal.

De la misma forma, para el desarrollo de las etapas se considera, la calificación en cada una de ellas, son con un máximo de 100 puntos y además todas son de carácter eliminatorias. Asimismo, como novedad debemos indicar que el postulante debe obtener como puntaje mínimo aprobatorio: 66.66% y ya no los 70.00 puntos como lo mencionaba el reglamento anterior.

Otro aspecto que se precisa, respecto a la evaluación de conocimientos es que esta etapa tiene por finalidad evaluar las competencias jurídicas del postulante que acrediten su solvencia académica para desempeñar el cargo.   

También, para la obtención del promedio final del concurso público de méritos, se aplican valores diferenciados para cada etapa del procedimiento, conforme a los siguientes porcentajes:

• Evaluación de conocimientos –  25% del total de la calificación

• Evaluación curricular    20% del total de la calificación

• Estudio de caso     25% del total de la calificación

• Entrevista personal     30% del total de la calificación

Asimismo, con la finalidad de ampliar la verificación de la actividad formativa y por ende la acreditación de la solvencia profesional del candidato para poder desempeñar el cargo al que postula, se ha considerado la calificación de cursos de especialización y diplomados en derecho dictados por entidades nacionales e internacionales.

De la misma forma, se califican cursos de especialización y diplomados en derecho, realizados por universidades reconocidas conforme a ley, por la Academia de la Magistratura, colegios de abogados, organismos públicos y los realizados en el extranjero por instituciones análogas, siempre que cuenten con las certificaciones del consulado peruano del país donde se realizaron dichos estudios y del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, que tengan una duración mínima de sesenta 60 horas, nota aprobatoria y una antigüedad no mayor a siete 07 años a la fecha de publicación de la convocatoria.

En tal sentido, actualmente los nuevos reglamentos, regulan el procedimiento del concurso de acceso abierto y cerrado dirigido a jueces, juezas y fiscales titulares, abogados y docentes universitarios que deseen acceder a la carrera judicial y fiscal, cumpliendo los requisitos establecidos en la normatividad vigente.

Se trata de dos reglamentos que tiene como propósito atender la demanda de cobertura de plazas vacantes, con la finalidad de coadyuvar al fortalecimiento del sistema nacional de justicia y además revertir la provisionalidad existente en la carrera judicial y fiscal.

El mensaje de la modificación de ambos reglamentos, tuvo por finalidad dar a conocer que en los próximos meses, se convocaría a concurso público de méritos, por lo que a partir de la fecha comienza el nuevo concurso público de méritos de selección y nombramiento para jueces y fiscales y a prepararse para acceder a la carrera pública judicial y fiscal.